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conselleria y propietarios ganan tiempo con recursos

Benidorm estudia presentarse como parte afectada en el proceso de derribo de Gemelos 28

25/11/2017 - 

BENIDORM. La asesoría jurídica del Ayuntamiento de Benidorm está estudiando la posibilidad de presentarse como parte afectada en el proceso que está enfrentando a un vecino con los propietarios de Gemelos 28 y la Generalitat. El Consistorio quiere de esta forma estar presente en el procedimiento para enterarse al mismo tiempo que el resto de las decisiones que se tomen respecto al derribo de las torres de Punta Llisera. 

Una demolición que en principio tendría que ser efectiva en los próximos meses, según reza el fallo del TSJ, que publicó Alicante Plaza en exclusiva. No obstante, según auguró la concejal de Urbanismo, Lourdes Caselles, los tiempos podrían demorarse. 

Cabe recordar que la Generalitat presentó recurso de reposición contra esta decisión, como ya anunciara la Conselleria de Vertebración del Territorio el pasado domingo. A esto, hay que sumar el recurso de los propietarios, que anunció el ayuntamiento este viernes después de tener una reunión con los abogados de 60 vecinos. Según indicó la edil, "caben también recursos de reforma” por parte de los afectados, que “entendemos que van a presentar para defender sus derechos”. A la vista de todos estos recursos, “el derribo de las torres dictado por el TSJ no va a ser inminente”.

Como se recordará, el alto tribunal dio un plazo de tres meses a la Generalitat para recaudar el dinero para el derribo, 72 millones de euros, y presentar el proyecto para su demolición segura. Un plazo que se tambalea después de estas declaraciones ya que las partes están tratando de ganar tiempo.

Caselles explicó que "en este procedimiento son parte la Administración General del Estado y la Conselleria, pero no el Ayuntamiento”. Por tanto, son ambas administraciones las que disponen de toda la información respecto a la situación legal y jurídica del asunto. En este sentido, el Consistorio ha pedido una reunión con la ministra de Medio Ambiente, Isabel García Tejerina, que se añade a la solicitada a la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, Mª José Salvador.

Además de todo ello, informó que tienen confirmado que tras el derribo del edificio, se podrá volver a edificar en la zona.

Implicación del Ayuntamiento

Caselles aclaró que el único procedimiento vinculado a las torres de Punta Llisera en el que estaba personado el Ayuntamiento era el relativo al otorgamiento de la licencia de ocupación. Un procedimiento en el que “tanto en primera como en segunda instancia” los tribunales han dado la razón al Ayuntamiento, diciendo que “las licencias municipales estaban bien dadas”, puesto que la edificación “cumplía los requisitos urbanísticos”. Este procedimiento se resolvió en el TSJ el pasado mes de mayo.  

La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, rechaza las pretensiones del vecino que denunció la licencia de ocupación otorgada por el Ayuntamiento. El demandante alegaba que se había dado sin que se hubiera cumplido alguna de las condiciones exigidas por el ayuntamiento a la empresa constructora, Edificaciones Calpe. Esto es, cesión de terrenos a favor del Ayuntamiento de Benidorm sobre la finca; la construcción del mirador; que había excedido en más de 11.200 metros cúbicos su volumetría.

Pero el juez rechazó la tesis del vecino por no aportar pruebas, según dice el escrito judicial, "que desvirtúe los informes técnicos y jurídicos emitidos". 

Por otra parte, afirma que la cesión de los terrenos sí que se realizó, mientras que la construcción del mirador no está, pero sí que se presentó el aval. Asimismo, indicaron que desde la concesión de la licencia en 1988 para las obras "y la concesión de la licencia de ocupación se produjeron modificaciones urbanísticas que justificarían
modificaciones del proyecto contemplado al concederse aquélla". Por todo ello, desestima el recurso de apelación y da por buena la licencia de ocupación.

Por último, la edil recordó que “en ningún momento se ha hablado de ilegalidad” en el otorgamiento de licencias de las torres por parte del Ayuntamiento, y que el pronunciamiento del Tribunal Supremo en 2012, del que deriva el actual auto de ejecución de sentencia, hace referencia a “la licencia concedida por la Conselleria”.

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