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EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ACABA EL 2 DE SEPTIEMBRE

El Ayuntamiento abre el plazo para solicitar ayudas para la rehabilitación de El Cabanyal

3/08/2016 - 

VALENCIA. Desde este martes, los vecinos de El Cabanyal-Canyameral ya pueden solicitar las ayudas para la rehabilitación de sus viviendas o construcción de nuevas en sustitución de otras previamente demolidas. Aunque la Junta de Gobierno Local aprobó el 8 de julio las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de edificios y viviendas y sustitución de edificios en el Área de Regeneración y Renovación Urbana (ARRU) de El Cabanyal-Canyamelar, hasta  el al día siguiente de la publicación de las bases en el BOP, los vecinos no podían presentar sus solicitudes.

El ARRU fue firmado el pasado mes de mayo entre Ayuntamiento y Generalitat y cuenta con ayudas del Ministerio de Fomento, que aportará 4.392.750 euros. Así, el convenio, que estará vigente en 2016 y 2017, contará con una dotación económica total de 12.795.000 euros. Aparte de Fomento, la Generalitat también participará con 1.245.000 euros. De esta manera, el 55% restante quedará repartido entre  Ayuntamiento -2.516.250 euros- y particulares -4.641.000 euros-.

Las bases detallan, entre otros aspectos, quiénes pueden ser los beneficiarios, qué actuaciones se van a acometer, cómo presentar las solicitudes o los tipos y cuantías subvencionables, así como el plazo en el que se ejecutarán las obras y los criterios de valoración de las solicitudes.

Para este plan está previsto acometer 300 actuaciones, 50 de las cuales resultarán viviendas de nueva edificación con una calificación energética mínima tipo B en sustitución de otras previamente demolidas. Y el resto engloba tareas de recuperación de elementos estructurales, accesibilidad, adecuación de elementos comunes y habitabilidad en 250 viviendas degradadas. No obstante, entre las condiciones figura como requisito indispensable que los edificios predominantemente residenciales deben estar finalizados previamente al año 1981.

Las cuantías destinadas variarán en función de las actuaciones a realizar. Así, en caso de tratarse de rehabilitaciones el Ministerio de Fomento aportará un máximo de 11.000 euros por vivienda y la Generalitat 9.000. Si, por el contrario, se trata de la construcción de un edificio en sustitución de otro demolido, Fomento aportará como máximo 30.000 euros por vivienda nueva. Además, las cantidades resultantes pueden verse incrementadas hasta en 4.000 euros más durante el tiempo que duren las obras y hasta un máximo de tres años.

Asimismo, el documento también que el plazo máximo para la ejecución de las obras no podrá exceder del 31 de diciembre de 2017, aunque en casos excepcionales se podría solicitar una prórroga el 31 de marzo de ese mismo año si  se previera que se van a exceder los plazos establecidos.

Para acceder a estas ayudas, las bases contemplan como condición indispensable ser "propietarios únicos de edificios de viviendas, comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o consorcios y entes asociativos de gestión".

Con esto, los interesados en acceder a estas ayudas y que además reúnan los requisitos que establecen las bases publicadas en el BOP, deben presentar en el Registro General de la sociedad pública Plan Cabanyal-Canyamelar -situada en la calle de la Reina, 105- su solicitud antes del 2 de septiembre. 

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