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El Simap exige a Ribera Salud que modifique la fecha de vigencia del convenio

21/10/2016 - 

VALENCIA (EFE). El Sindicato de Médicos de Asistencia Pública (SIMAP), con representación en el Comité de Empresa de la UTE Ribera Salud II, ha exigido a la empresa que modifique la fecha de vigencia del convenio colectivo, ajustándola a la de finalización del contrato con la administración.

En un comunicado, el Simap informa de que no ha firmado el acuerdo en el que la empresa afirma que el ámbito temporal que figura en el convenio colectivo, hasta el 31 de diciembre de 2018, no vulnera la legalidad y por lo tanto no se precisa ninguna subsanación del mismo.

El Simap se ha posicionado así del lado de la autoridad laboral y ha defendido su argumentación con la presentación de un voto particular que ha exigido se incluya en el acuerdo y se le de publicidad junto con el contenido del mismo.

Según el sindicato, el pasado 7 de octubre la Dirección Territorial de Economía y Trabajo requirió la subsanación del artículo 2 del IV Convenio Colectivo de Ribera Salud en lo referente a la duración del Convenio Colectivo, solicitando que anticipe su vencimiento al 31 de marzo de 2018.

Esta fue la fecha de finalización de la Concesión que la Consellería de Sanidad notificó a la empresa el pasado 16 de septiembre.

A juicio del sindicato, resulta lógico que la vigencia temporal del IV Convenio Colectivo de Ribera Salud II UTE coincida con la del contrato administrativo de gestión de servicios, que expira el 31 de marzo de 2018, ya que "sería incongruente que mantuviera su vigencia una vez extinguida la relación laboral que vincula a Ribera Salud II UTE con sus trabajadores".

Sin embargo, añade, "la concesionaria se empeña en mantener la redacción del artículo 2 del convenio, pretendiendo que la efectividad del mismo se extienda hasta el 31 de diciembre, es decir, prolongar su vigencia más allá que la del contrato administrativo de gestión de servicios públicos suscrito entre la Conselleria de Sanidad y Ribera Salud II".

"Esta circunstancia contraviene la legislación de aplicación, así como la jurisprudencia consolidada en esta materia, ya que los acuerdos contenidos en el convenio colectivo en cuestión, únicamente puede afectar a las partes que lo han negociado, y no a terceros ajenos a dicho ámbito de aplicación", afirma.

El Simap afirma "no comprender que no se subsane dicho artículo del convenio colectivo, tal como requiere la autoridad laboral, y tampoco los motivos que puede tener la empresa para no corregir algo tan obvio como simple".

En una reunión celebrada ayer con los miembros de comité de empresa, explica Simap, "se esgrimieron argumentos dirigidos a presionar a los trabajadores".

Uno de estos argumentos fue la no aplicación de las mejoras contenidas en el convenio colectivo si éste finalmente no se publicaba en el Boletín Oficial, por la exigencia de la autoridad laboral de que el ámbito de aplicación del mismo sea hasta la fecha anunciada de finalización de la UTE.

Según el sindicato, estos argumentos "doblegaron al resto de miembros del Comité de Empresa, que finalmente firmaron el acuerdo y negaron la necesidad de modificar el ámbito de vigencia del mismo".

El Simap explica que en el momento en el que se firmó el convenio colectivo, la Conselleria de Sanidad aún no había notificado formalmente la fecha de finalización del contrato con la concesión.

"Ahora esta fecha está clara y no tiene sentido obstaculizar la publicación y aplicación del convenio colectivo ni mantener la inseguridad jurídica actual", añade.

A su juicio "este es el momento para trabajar junto con la Conselleria de Sanidad, y conseguir una reversión adecuada que garantice, tanto los derechos laborales de los trabajadores como los derechos a una correcta asistencia sanitaria a los ciudadanos del departamento de salud".

Por último, asegura "lamentar la postura de la empresa, que está demostrando que pretende sembrar la confusión y la inseguridad jurídica al no aceptar la reversión de la concesión y el paso a la gestión pública directa". 

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