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La Audiencia Nacional juzga a Amorós y López Abad por las preferentes de la CAM desde el miércoles

1/07/2018 - 

VALÈNCIA. (EFE) La Audiencia Nacional juzga desde el próximo miércoles a los ex directores generales de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) Roberto López Abad y María Dolores Amorós por presunta estafa en la venta de preferentes, delito por el que los afectados piden para ambos hasta diez años de prisión.

La sección cuarta de la sala de lo Penal será la encargada de celebrar las vistas en las que sólo ejercerán la acusación las plataformas representadas por la asociación de consumidores Adicae y el abogado Diego de Ramón, después de que la Fiscalía Anticorrupción no presentara escrito contra los exdirectivos.

Éstas solicitan para ambos diez años de cárcel por estafa agravada en concurso con publicidad engañosa; en el caso de Adicae, pide una multa de 36.500 euros, así como la inhabilitación de los exdirectivos para desempeñar cargo, empleo o profesión dentro del sector bancario.

Respecto a la responsabilidad civil, reclama que los acusados indemnicen de forma conjunta y solidaria en las cantidades que la sala determine una vez se ejecute la sentencia.

Diego de Ramón, por su parte, fija la indemnización en 11 millones de euros, una cuantía de la que discrepó la juez Carmen Lamela el pasado enero al decretar la apertura del juicio oral ya que "no han podido ser concretados hasta el momento los perjuicios a los perjudicados".

No obstante, las dos apuntan a la aseguradora Caser como responsable civil directo, en tanto que piden que la Fundación CAM y Banco Sabadell, que adquirió la entidad a precio de saldo en diciembre de 2011, respondan en calidad de subsidiarias.

En junio de 2016, la sección tercera de la sala de lo Penal ratificó el procesamiento de López Abad y Amorós, cuyas defensas alegaron que no existió falsificación de la información facilitada en el momento de la contratación por parte de los clientes.

Tres años de cárcel

En concreto, los ex directores generales reiteraban que los datos ofrecidos al público fueron correctos y veraces, y apelaban tanto a la inexistencia de perjuicio para los inversores como a la diligencia en la comercialización, proceso en el que "se observaron todas las exigencias que establecía la legislación y las posibles deficiencias".

Además, cargaban contra el resto de entidades que vendieron estos productos "en igualdad de condiciones", un argumento rechazado entonces por el tribunal, que destacó que "la ausencia de procedimientos penales contra ellos" no determina que tales hechos no puedan perseguirse.

Al margen del presente procedimiento, el pasado octubre la Audiencia Nacional condenó a López Abad y Amorós, junto a otros dos antiguos miembros de la cúpula de la entidad, a tres años de cárcel por "distorsionar" los estados contables entre 2010 y su intervención en 2011, "vulnerando" la imagen de la CAM en momentos de grave crisis.

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