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 no teme que Ribera Salud la recurra porque limita la compra de acciones en las concesiones

Montón destaca que era "necesaria" la nueva Ley de salud, que entra este martes en vigor

24/04/2018 - 

VALÈNCIA. (EP). La consellera de Sanidad Universal, Carmen Montón, ha destacado que era "necesaria" la nueva Ley de salud de la Comunitat Valenciana, que entra este martes en vigor, ya que "recupera capítulos que habían sido históricamente olvidados" y por ello le ha dado "la bienvenida".

Montón, tras presentar en el Palau de la Generalitat las ayudas al copago de tratamientos farmacológicos para personas desempleadas, se ha referido así a la publicación, por en el Diari de la Generalitat Valenciana, de la ley 8/2018, de 20 de abril, que modifica la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de Salud de la Comunitat Valenciana.

Al respecto, ha explicado esta ley "habla de sanidad pública, de universalidad, de equidad en los tratamientos y que recupera capítulos que habían sido históricamente olvidados como la Farmacia, la salud mental o la discapacidad".

Además, ha recordado que las Corts son "soberanas" y los grupos parlamentarios han decidido "establecer una serie de enmiendas y de modificaciones a la ley que se entregó en su día por parte del Consell".

Limitaciones a los "monopolios sanitarios"

Por otro lado, preguntada por si teme que la empresa Ribera Salud presente un recurso a esta norma porque limita los monopolios en las concesiones, ha replicado que "temor ninguno".

La norma da preferencia a la gestión directa porque se considera que es el sistema que "da mayor garantía de universalidad, de accesibilidad, de equidad, de no discriminación y de no demora en el acceso de la ciudadanía a los servicios y actuaciones
sanitarias y de salud pública".

Por ello, "solo en casos excepcionales, cuando se justifique debidamente su estricta necesidad, será posible acudir a la
gestión indirecta de los servicios sanitarios públicos".

Para garantizar la libertad de competencia y evitar posiciones de
dominio, la ley establece que es "necesario establecer limitaciones en la ostentación y, por tanto, adquisición de títulos accionariales o participaciones de los entes titulares de los contactos de gestión vigentes del servicio sanitario integral en régimen de concesión de los departamentos sanitarios".

Con ello, se pretende "proteger los intereses de los usuarios, haciendo más eficiente la competencia y redundante en una mayor protección social en una necesidad de carácter básico como es la sanidad pública".

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