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Ratifican la primera sentencia de València que anuló una hipoteca multidivisa

26/08/2017 - 

VALÈNCIA (EFE). La Audiencia Provincial de Valencia ha ratificado la primera sentencia de un juzgado de València que declaró nula por abusiva una hipoteca multidivisa, por lo que el banco deberá proceder a recalcularla como si desde el principio hubiese estado en euros.

Ortega y García Abogados, que defiende a los afectados por Hipoteca Multidivisa en toda España, ha informado en un comunicado de que hasta ahora existían sentencias que declaraban la nulidad por error, pero ninguna por abusiva, lo que esta ratificación es "muy importante" y hace que ya se puedan beneficiar otros afectados.

Según la sentencia de la Audiencia remitida por este despacho, se desestima el recurso de apelación interpuesto por Bankinter contra una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Valencia que declaró la nulidad por abusiva de una hipoteca multidivisa suscrita el 30 de marzo de 2007 por 150.000 euros

De esta forma refuerza la tesis del juez que determinó la nulidad debido al incumplimiento del control de transparencia, declarando las mismas abusivas y condenando a la demandada a dejar referenciado el citado préstamo en euros, según la paridad a fecha de sus suscripción, aplicando el interés pactado.

Los abogados han explicado que, al pagar en francos suizos, los clientes después de casi diez años debían prácticamente lo mismo que al principio, algo, a su juicio, "tan abusivo como inaudito".

La Audiencia "confirma en su integridad" la sentencia del juzgado de primera Instancia que, según los abogados fue "pionera al ser la primera en València que declaró nula y abusiva un producto tóxico bancario de este tipo".

Esa sentencia condenaba a Bankinter a recalcular las cuotas pagadas hasta la fecha con aplicación del exceso del pago realizado, a partir del devengo de la primera cuota a la amortización anticipada, como si desde un principio el préstamo hubiese estado en euros y le impuso las costas.

El fallo de la Audiencia supone "un paso adelante y un importante precedente en la lucha por recuperar lo perdido en las estafas bancarias", según el despacho de abogados Ortega y García, dirigido por el letrado Juan José Ortega.

De acuerdo con las sentencia ratificada, los clientes desconocían de forma sencilla la carga económica que suponía la hipoteca, "a pesar de que no ignoraran que se endeudaban en moneda extranjera y una depreciación del euro frente a esa divisa podía implicar un encarecimiento de la cuota a pagar en euros".

La sentencia deja claro que la lectura de las cláusulas de la escritura pública no permite conocer los verdaderos riesgos que entraña para el prestatario la hipoteca multidivisa y no constan advertencias ni simulaciones que permitiesen advertir a los clientes sobre la trascendencia real y carga y jurídica de la cláusula.

Bankinter alegó que los demandantes tenían experiencia inversora suficiente para conocer esos extremos, sin embargo el juez de primera instancia y los magistrados de la Audiencia, no consideran que trabajar como visitador médico de esos conocimientos ni que se diera suficiente información.

El juzgado estableció que todas las referencias a la opción multidivisa que constan en el préstamo deben reputarse como abusivas y tenerse por no puestas, lo que implicará que el banco realice una nueva escritura pasando el capital pendiente a euros, como si desde un principio la hipoteca se hubiera contratado en esa moneda.

Ortega y García Abogados ha defendido en este procedimiento a la Asociación de Consumidores y Usuarios de Servicios Generales, Auge, que actuaba a su vez en nombre de dos de sus socios. 

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