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EN UNOS JUZGADOS de requena

Un juez dicta una condena pionera por agredir a un médico fuera del hospital

31/05/2016 - 

VALENCIA. El juzgado de lo penal número 10 de Valencia ha dictado una sentencia pionera a favor de un médico al reconocer su condición de funcionario público fuera de su puesto de trabajo. El hecho fue en el juzgado número 4 de Requena, donde había sido citado un padre junto con su esposa para prestar declaración por el fallecimiento de su hija de 11 años el día 28 de diciembre de 2010 a consecuencia de un shock y peritonitis aguda. 

El mismo día también había sido citado para declarar el médico del centro de primaria de la localidad de Ayora, representado por el despacho valenciano Fornes Abogados, quien atendió a la hija del acusado antes de su fallecimiento y a quien se le imputaba la posible comisión de un delito de homicidio por imprudencia profesional en relación con la asistencia médica prestada a la niña, un delito que quedó archivado.

Las declaraciones no se llevaron a cabo en el horario previsto y el acusado y su esposa llegaron a coincidir con el médico esperando a ser llamados para la declaración. Una vez prestaron declaración, en lugar de abandonar las dependencias judiciales, permanecieron a la espera de que el médico, con quien no habían coincidido nunca desde la muerte de su hija, prestara declaración.

Cuando finalizó el padre se dirigió al médico, que se disponía a abandonar la sede judicial, y tras abordarlo por detrás y tirarle al suelo un iPad y unos papeles que llevaba le empujó y le hizo caer al suelo. Cuando el médico trató de reincorporarse, el acusado "visiblemente nervioso y fuera de sí", según explica la sentencia, espetó "esto es el principio de tu fin", dándose media vuelta y abandonando las dependencias judiciales.

A consecuencia del empujón recibido y de la caída al suelo, el médico sufrió contusiones en ambos codos y en la cabeza pero sin ningún impedimento para continuar con su trabajo. Estuvo acudiendo a la unidad de neuropsiquiatría del centro de especialidades de Monteolivete recibiendo tratamiento desde diciembre de 2011 a febrero de 2012, tiempo que estuvo de baja y que dio paso a más tratamiento psiquiátrico. 

"En el caso analizado es evidente que la agresión de la que fue objeto en las dependencias de los juzgados partía de la condición de médico de la Agencia Valenciana de la Salud, quien había atendido a su hija el día de su fallecimiento. Aquella actuación profesional llevada a cabo en el Centro de Salud de Ayora, y en su condición de funcionario público, fue la determinante para desencadenar la conducta agresiva del acusado", explica el juez, que por ello lo considera un delito de atentado aunque se encontrara fuera de puesto de trabajo al estar en sede judicial.

El acusado de la agresión, quien perdió a su hija, fue diagnosticado de un transtorno depresivo mayor por el dolor de la pérdida. Sin embargo, se le condenó aunque con el atenuante del estado en el que se encontraba.

La pena de un mes y quince días de prisión es sustituida por tres meses de multa a razón de 10  euros al día y diez días de multa por el delito de lesiones, a razón de 10  euros  el día. También le condena al pago de la indemnización establecida por el forense, 990 euros por los días no impeditivos y 700 euros por las secuelas, desestimando la solicitud de daño moral del médico y lucro cesante.

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