GRUPO PLAZA

manda una nota explicativa ante la polémica por la reestructuración que afecta a divalterra

El secretario de la Diputación justifica la clasificación de empresas que cuestiona la Intervención

21/11/2020 - 

VALÈNCIA. El secretario de la Diputación de Valencia no parece ajeno a la polémica suscitada sobre la moción aprobada el pasado martes en el pleno con los votos de PSPV y Compromís para modificar el acuerdo de 2016 que establecía el sistema de contratación en las empresas públicas dependientes de la corporación. Decisión, la de hace cuatro años, que propició la designación de los altos cargos en Divalterra -antigua Imelsa- que actualmente se investigan en el conocido como caso Alquería ante las sospechas de irregularidades.

Dos días después de esa sesión, el secretario envió una "nota explicativa" a los grupos políticos "ante las "sucesivas noticias que se publican en los medios" para justificar la clasificación de las empresas. Como ha explicado Valencia Plaza durante estos días, el texto recién aprobado mantiene a Divalterra dentro del Grupo I, lo cual conlleva determinadas retribuciones para sus cargos - ahora se ha implementado un máximo de tres directivos con un salario tope de 72.524 euros con complementos- e indemnizaciones. 

Pero esa clasificación ya fue duramente reprochada por la Intervención General del EstadoConcretamente, en un informe pericial remitido el año pasado al juzgado del caso Alquería que investiga los presuntos delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos en los contratos de alta dirección de Divalterra durante la época de Jorge Rodríguez como presidente de la Diputación. 

El documento, elaborado a petición del magistrado y que consistía en un análisis de las contrataciones entre 2015 y 2018, explicaba que la empresa nunca debió obtener la puntuación otorgada para ubicarla en esa categoría. Y, por tanto, debería haber estado en una inferior con un cupo menor de directivos y retribuciones más bajas para los cargos. En opinión de la Intervención, no cumplía con los criterios como el volumen de negocios, la necesidad de financiación pública o la actividad que desarrolla. 

La Diputación ignora el informe

Ese informe de hace un año no ha sido tenido en cuenta por la Diputación a la hora de acometer las modificaciones del mencionado acuerdo de 2016. Sin embargo, tanto el secretario como el equipo de Gobierno actual entienden que existe justificación para mantener a Divalterra en el Grupo I. 

En la nota enviada a los partidos, el técnico detalla que es a partir de 2013, con la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, cuando se regulan las estructuras y retribuciones de los altos cargos de empresas del sector público local. Una norma que obligaba a los plenos de las corporaciones, en el ejercicio de su competencia de autoorganización, a establecer una clasificación de éstas según tres grupos. Los criterios eran volumen o cifra de negocios, número de trabajadores, necesidad o no de financiación pública, características del sector en que desarrolle su actividad y volumen de inversión.

"Parece obvio que las corporaciones establecerán su clasificación y las retribuciones máximas, teniendo en cuenta la realidad existente, y no llevarán a cabo un mero ejercicio teórico al margen de la realidad que les aboque a enfrentarse en los tribunales con los directivos que han contratado. Sin perjuicio de que puedan trasformar esa realidad cuando sea conveniente", afirma el secretario. 

Lo que el legislador quiere, añade, es que, "con transparencia, sean los plenos y no otros órganos los que determinen las retribuciones máximas de los contratos mercantiles y de alta dirección de todo su sector público local, con una visión de conjunto y no negociando uno por uno, y también el número máximo de los miembros de los órganos de gobierno, para controlar el gasto de unos y otros". 

"No hay parámetros legales"

En conclusión, indica, "no hay parámetros legales marcados por el Estado (ni sobre el número de directivos ni sobre su retribución), sino una estructura retributiva y cinco criterios legislativos que han de ser tenidos en cuenta por el pleno y utilizados para clasificar las entidades dependientes. Con esos criterios el Estado hizo su clasificación y estableció el importe máximo de las retribuciones de sus directivos y cada corporación local ha de hacer lo propio".

Así ocurrió con Divalterra, efectivamente, solo que la Intervención General del Estado consideró en su informe que se cometió fraude de ley al clasificarla de manera errónea -categoría que ahora se sigue manteniendo- y realizar contratos de alta dirección "incumpliendo numerosos preceptos".

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