VALÈNCIA. El juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Llíria ha ordenado el archivo de la causa contra el alcalde de Riba-roja de Túria, Robert Raga, por una denuncia interpuesta por el grupo Podemos en el año 2017 por un presunto amaño de contrato de asesoría municipal. El auto del juzgado estima el recurso de reforma interpuesto por la defensa del alcalde y ordena remitir el procedimiento al archivo.
El fallo judicial se añade a otra sentencia dictada en julio del año 2022 en el que el mismo juzgado acordó el sobreseimiento provisional de las diligencias que se seguían tras la denuncia de Podemos al considerar que en aquel momento “no existen indicios suficientes para formular una acusación fundada en derecho” y, por tanto, se decretó el sobreseimiento de acuerdo a la ley de enjuiciamiento.
La denuncia fue interpuesta por el grupo municipal Riba-roja Pot en el año 2017 por el procedimiento administrativo para la adjudicación del contrato municipal sobre “asesoría jurídica en temas de derecho público y administrativo, así como la defensa en juicio en procedimientos de orden civil y mercantil” con una duración máxima de tres años y un valor económico fijado en 54.000 euros en total.
Sin embargo, la sentencia del año 2022 que ordenó el archivo razonaba en su argumentación el veredicto final tras practicar las diligencias esenciales para determinar la naturaleza y las circunstancias del hecho, las personas que en él habían participado y el órgano competente para el enjuiciamiento. Además, se dio traslado al Ministerio Fiscal que, a su vez, solicitó el sobreseimiento de la causa.
El sobreseimiento del año 2022 dejaba la puerta abierta a un recurso de reforma y subsidiario de apelación dentro de los tres días siguientes a la notificación del auto del juzgado de Llíria o bien un recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la publicación del mismo, tal y como consta en el fallo del magistrado de primera instancia e instrucción número 4 de Llíria.
El último fallo judicial conocido ahora recuerda todo el proceso judicial y el recorrido practicado a lo largo de los últimos años, así como los traslados de las diligencias a las distintas partes y las alegaciones que se presentaron por parte de los diversos actores que tuvieron lugar durante el citado procedimiento, entre ellas la parte de la defensa de la empresa adjudicataria del servicio jurídico y el alcalde.
De hecho, la defensa de la mercantil presentó un recurso de reforma al alegar que no existían suficientes indicios de carácter delictivo respecto de los investigados al igual que el resto de recurrentes. La magistrada de Llíria reconoce en su auto la coincidencia con la falta de indicios evidentes “en una previa relación entre los investigados para realizar el previo acuerdo que se relata en el auto recurrido”.
Además, la magistrada avala que el alcalde de Riba-roja de Túria, Robert Raga, firmó las resoluciones correspondientes “para dar curso a la contratación, siendo que, efectivamente, muchos de ellos han sido confeccionados por la secretaría del Ayuntamiento” y, en tercer lugar, el procedimiento para la contratación “es correcto, pues nada se ha determinado en sentido contrario y, finalmente, no se ha puesto de manifiesto un perjuicio para el interés general”, algo en lo que coincide, también, el Ministerio Fiscal solicitando el sobreseimiento.
El alcalde de Riba-roja de Túria, Robert Raga, ha expresado su satisfacción “con el auto judicial que se ha conocido y que se une a las sentencias anteriores que avalan en todo momento la actuación del ayuntamiento con los respectivos informes favorables de los técnicos municipales; han sido años y años de intentar calumniar y desacreditar la buena gestión que hemos llevado a cabo y que las urnas han refrendado elección tras elección”.
Raga ha recordado que en el año 2015 “cuando accedió el nuevo equipo de gobierno progresista sacamos el servicio jurídico a través de un negociado sin publicidad como nos dijeron los técnicos municipales y se adjudicó a la oferta más barata, que costaba 1.500 euros al mes, frente a los 2.500 euros mensuales que se pagaba en la época del PP, es decir, 1.000 euros de ahorro mensual para el ayuntamiento”.
Además, el alcalde ha subrayado que fue el servicio jurídico nuestro el que se encargó de defender los intereses del ayuntamiento en el caso de Porxinos y que ha supuesto eximir al ayuntamiento del pago de 25 millones de euros”.