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CONSULTA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS

Cambia el criterio para declarar el bono libro: ahora será renta exenta

12/06/2016 - 

VALENCIA. La nueva ayuda para compra de libros implantada por la Generalitat valenciana podrá incluirse dentro de la beca para material escolar, de manera que no tendría repercusión en la declaración de la renta.

Se trata de un giro en los acontecimientos, puesto que hasta la fecha el bono se estaba computando como rendimiento de trabajo ante Hacienda. Esto significaba que podía acabar perjudicando a los perceptores del mismo, al sumar un pagador más o incrementar su nivel de ingresos. Sin embargo, a raíz de una consulta de la Dirección General de Tributos sobre ayudas públicas para adquisición de libros, se consideran como gastos en los que se puede incurrir para cursar estudios reglados y se establece su tratamiento como renta exenta.

Esto significaría, tal y como se sugería desde Valencia Plaza,su equiparación a las becas públicas. Cabe recordar que tanto desde el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros (Cosital) de Valencia, como desde el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), ya se estaban intentando buscar otras fórmulas de tributación en la misma dirección. Entre las ideas que apuntaban ambas asociaciones se encontraba, precisamente, la de incluir los libros como material escolar en las becas para cubrir la matrícula.

Todo esto ha sido descubierto a raíz de una consulta elevada, con fecha de 25 de abril, desde la autonomía de Galicia. En la misma se preguntaba acerca del tratamiento fiscal que debía darse, a efectos de IRPF, a las ayudas económicas para la adquisición de libros de texto destinadas al alumnado de Primaria, Secundaria y Educación Especial en centros públicos. La respuesta de Hacienda hacía referencia al artículo 7 de la Ley 35/2006, donde se establece la exención de becas públicas “para cursar estudios reglados, tanto en España como en el extranjero, en todos los niveles y grados del sistema educativo”.

Nos encontraríamos, por tanto, ante el mismo caso, y los contribuyentes podrían empezar a beneficiarse de este sistema. El texto legal reza: "Estarán exentas las becas públicas percibidas para cursar estudios reglados cuando la concesión se ajuste a los principios de mérito y capacidad, generalidad y no discriminación en las condiciones de acceso y publicidad de la convocatoria”. Asimismo, indica que el importe "alcanzará los costes de matrícula para poder cursar tales estudios" y establece un máximo de 3.000 euros anuales.

El departamento de Educación de la Generalitat Valenciana ya había manifestado su malestar por esta situación, al considerar que ningún padre debía pagar "ni 3 euros" por percibir la ayuda. Si bien en un principio negaron que el bono pudiera repercutir en la declaración, ateniéndose a una consulta que ellos mismos habían elevado a la Agencia Tributaria, más tarde se encontraron con casos que se quejaban de su aparición en el borrador. Es por ello que habían vuelto a trasladar la pregunta Hacienda para que se pusieran de acuerdo.

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