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por un presunto delito de prevaricación judicial

El CGPJ suspende de funciones al juez Fernando Presencia 

El exjuez de Lo Mercantil número 2 de Valencia, que en su día fue sancionado a un año de destierro por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), vuelve a ser expedientado

16/02/2016 - 

MADRID. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJJ) ha acordado hoy la suspensión provisional de funciones del magistrado Fernando Presencia Crespo, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Talavera de la Reina, como consecuencia de la apertura de juicio oral contra él por un presunto delito de prevaricación judicial acordada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Se da la circunstancia de que Presencia se había querellado a finales del año pasado contra el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, Vicente Rouco, como publicó Valencia Plaza.

El auto de apertura de juicio oral, notificado el pasado día 10, señala que, según la Fiscalía, Presencia habría cometido el delito de prevaricación con motivo de una resolución dictada en la tramitación de unas diligencias previas seguidas por delitos de lesiones imprudentes y omisión del deber de socorro, al dictar oralmente un auto de sobreseimiento en el curso de la toma declaración de la persona investigada en las mismas, sin oír a las partes acusadoras y sin practicar las diligencias indispensables.

La suspensión se extenderá hasta tanto recaiga sentencia absolutoria o auto de sobreseimento en la causa penal que se sigue en su contra ante la Sala Civil y Penal del TSJ castellano-manchego.

La adopción de la medida cautelar resulta de la aplicación del artículo 383.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del artículo 190.2 del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial.

El primero establece que “la suspensión de los Jueces y Magistrados sólo tendrá lugar en los casos siguientes: 1º Cuando se hubiere declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones”.

Mientras tanto, el Reglamento de la Carrera Judicial señala que la suspensión provisional se acordará “cuando en el procedimiento penal se dicte auto de apertura de juicio oral, de prisión provisional, de libertad bajo fianza o de procesamiento, una vez adquieran firmeza”. La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que contra los autos de apertura de juicio oral no cabe recurso alguno, por lo que son firmes desde el momento en que se dictan.

La Fiscalía, a la que se dio traslado del expediente, informó de que procedía declarar la suspensión cautelar, mientras que el magistrado afectado se ha opuesto a la misma.

Contra la resolución en la que se acuerda su suspensión provisional, Fernando Presencia puede interponer recurso de reposición ante la propia Comisión Permanente en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses.

La querella de Presencia

Como publicó Valencia Plaza, Presencia presentó una querella por los presuntos delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y contra la ordenación del territorio contra el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, Vicente Rouco; el fiscal de adscripción territorial de Talavera de la Reina, Ángel Demetrio de la Cruz; la mujer de éste, María García; la magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Toledo, con sede en Talavera de la Reina, Cristina Peño, y contra el marido de esta última, Santiago Ramos Figueroa.

Tal como consta en la querella presentada por el juez Presencia, a raíz de haber sido nombrado juez decano de Talavera tuvo conocimiento a través de diversas quejas verbales de abogados y profesionales que existía un presunto entramado de corrupción en los juzgados de Talavera. Entramado del que Rouco era, según Presencia, la “X” alrededor de la que giraba toda la corrupción.

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