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caso cooperación

El TSJCV niega el tercer grado al exconseller Blasco y señala el "riesgo medio-alto de reincidencia"

Los magistrados recalcan que "no ha hecho el más mínimo intento de paliar las graves consecuencias económicas" que causó

12/06/2018 - 

VALÈNCIA. (EP). El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha denegado el tercer grado penitenciario al exconseller 'popular' de Solidaridad Rafael Blasco, condenado por el fraude en la ayudas a la cooperación. La sala tiene en cuenta para tomar esta decisión el informe de Instituciones Penitenciarias que aprecia un "riesgo medio-alto de reincidencia".

En un auto de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ, los magistrados recuerdan que la reinserción es el fin primordial de la pena pero apuntan que esa reeducación "se ha de plantear en la observación de hasta qué punto ha asumido el delito, es decir, un reconocimiento e haber obrado mal, ya que, aunque sea difícil que en un futuro pueda verse involucrado en una trama corrupta como la que determinó su encarcelamiento, nada garantiza que al verse en una situación de confianza semejante pueda incurrir en conductas similares".

En este punto, hacen referencia al informe penitenciario que asigna a Blasco un pronóstico de reincidencia medio-alto, así como a la naturaleza de los bienes a los que afectó --las ayudas destinadas al Tercer Mundo-- que hacen que los hechos sean "especialmente reprobables".

En esta línea, la resolución judicial señala que la trama en la que estuvo involucrado el exconseller "produjo una gran alarma social, por el grado de los bienes sobre los que recayó y el grado de corrupción de la administración que puso de manifiesto, sin olvidar el alto grado de elaboración, planificación, complejidad organizativa que supuso la comisión del delito". También llama la atención la sala sobre el hecho de que Blasco "ocupa un papel primordial en toda esta trama" y que, además, quedan por enjuiciarse al menos dos piezas por este caso.

"Un tanto cínico"

Para el tribunal resulta "llamativo e, incluso, un tanto cínico, que se nos diga que no ha supuesto ningún tipo de responsabilidad civil" para el condenado, ya que "puede que la sentencia no le impusiera directamente cantidad alguna, sino que sencillamente por su condición de funcionario se reservó su liquidación al Tribunal de Cuentas". "Y desde luego --subraya-- no nos consta que haya hecho el más mínimo intento siquiera para paliar las graves consecuencias económicas" que la actuación del grupo que dirigía causó a la administración pública.

Por todo ello, los magistrados deciden desestimar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del exdirigente del PP y denegar la concesión del tercer grado.

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