VALÈNCIA. El periodista Pere Valenciano, que fue uno de los 20 candidatos a la Dirección General de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC), ha reclamado a la entidad que preside Enrique Soriano que le entregue la "documentación relativa a los requisitos y méritos de los candidatos", así como "las calificaciones parciales y totales de todos los candidatos".
Lo pide en el recurso de reposición contra la elección de Empar Marco como directora general, presentado el pasado 7 de abril ante la propia CVMC, cuyo Consejo Rector se dio por notificado en su reunión del pasado martes, aunque no tomó ninguna decisión al respecto.
Según el escrito, al que ha tenido acceso Valencia Plaza, Pere Valenciano solicita también "la documentación y deliberaciones sobre el punto 8 relativo al procedimiento de selección" indicado en las bases de la convocatoria del concurso. Todas estas solicitudes de información se basan en la ley de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana, en vigor desde hace dos años.
Valenciano fue uno de los 20 candidatos que optó a la Dirección General y uno de los que quedó fuera de la carrera cuando se eligió la terna final de la que saldría elegida Empar Marco. En esa terna estaban, además de ella, Salvador Enguix y Josep Ramon Lluch.
En el recurso, el director de El Periódico de Aquí señala lo que a su juicio son tres causas de nulidad, que es lo que solicita.
En primer lugar, el hecho de que el baremo para valorar la idoneidad de los candidatos se aprobara después de presentadas las candidaturas. Según el escrito, "el Consell Rector, 10 días después de finalizado el plazo para la presentación de propuestas por los aspirantes, es decir, 10 días después de haber recibido todos los proyectos y, por tanto, una vez tiene pleno conocimiento de los candidatos, los méritos y los proyectos presentados, procede a baremar, sin cobertura legal y al margen de las bases publicadas en las que o existe ninguna referencia a dicho trámite de baremación posterior a la presentación de las candidaturas, ni previsión ni posibilidad para que dicha Comisión apruebe ningún baremo en dicho momento ni en ninguno". Aporta, en este sentido, un comunicado del Consell Rector anunciando la aprobación del baremo.
En segundo lugar, considera irregular que los miembros del Consell rector se repartiesen las candidaturas presentadas y se las llevaran a casa para evaluarlas, para después en una reunión comunicar al resto de consejeros las calificaciones que individualmente habían puesto.
Considera que todos los proyectos debían haber sido valorados por todos y cada uno de los consejeros y afirma que "se han vulnerado las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados". Aporta como prueba la publicación en varios medios de comunicación, entre los que cita a Valencia Plaza, de esta forma de proceder.
El tercer argumento para solicitar la nulidad es la "falta absoluta de motivación" de las resoluciones en las que primer se propuso a Empar Marco como directora general y después se aprobó su nombramiento, una vez ratificado por Les Corts. Aporta, en este sentido, jurisprudencia del Tribunal Supremo que dicta que "el hecho de que un nombramiento se efectúe por el sistema de libre designación no exonera del deber de motivarlo.
Con carácter subsidiario a la petición de nulidad. Es decir, si el Consejo Rector de la CVMC rechaza la nulidad, Pere Valenciano solicita la anulabilidad de los actos recurridos.
En caso de nulidad de pleno derecho serían nulos también todos los actos posteriores derivados del nombramiento de Marco, mientras que el efecto de la anulabilidad sería más limitado y cabría la subsanación de los errores admitidos.
Cualquiera que sea la decisión de la CVMC, cabe recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.