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El TS obliga a cerrar el Tiki Beach, el pub de referencia de los británicos en Benidorm

26/09/2018 - 

BENIDORM, (EFE). La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos de casación y de infracción procesal interpuestos por la empresa propietaria del pub 'Tiki Beach' de Benidormcontra la sentencia de la Audiencia Provincial, lo que aboca al cierre del establecimiento al no caber ningún recurso más.

En el auto del Supremo, al que ha tenido acceso Efe, el alto tribunal confirma todos los extremos de la sentencia de la Audiencia e impone las costas a la parte recurrente.

El conflicto con este local de ocio viene de lejos como consecuencia del enfrentamiento con la comunidad de propietarios del edificio Santa Margarita, en cuyos bajos se encuentra ubicado.

Esta comunidad demandó a la propiedad, Benisuisse SL, por las molestias que ocasionaba el pub a los vecinos del inmueble. El juzgado de primera instancia número 2 de Benidorm dio la razón a los vecinos en 2015 y declaraba resuelto el contrato de arrendamiento después de estimar probadas las “graves molestias” por los ruidos ocasionados por la música y la aglomeración de personas en el exterior.

El juez indicaba, además, que el local había ejercido su actividad sin licencia de apertura y autorizaciones para conciertos durante más de cuatro años e, incluso, llegó a poner en duda la veracidad de los testimonios de tres agentes de la Policía Local. Además, condenaba a Benisuisse SL al “cese definitivo de la actividad que desarrolla en el local”.

En el texto de la sentencia el juzgado reclamaba que se investigase a un agente de la Policía Local (el número 233) por si hubiera podido cometer un delito de falso testimonio. 

Aquella sentencia fue recurrida ante la Audiencia provincial de Alicante, que también dio la razón a la comunidad del edificio Santa Margarita en abril de 2016 al desestimar el recurso y confirmar la resolución del juzgado.

Tras conocer la sentencia, los propietarios del pub anunciaron que acudirían al Supremo porque en caso de hacerse realidad el cierre se crearía “un precedente que puede poner fin al modelo de Benidorm como hoy se conoce”. Opinaban, además, que la resolución de la Audiencia era “un atropello” porque no había preservado sus “derechos y garantías”.

Dos años después, el Supremo ha vuelto a rechazar los argumentos de Benisuisse SL con un auto que recuerda que los vecinos “han venido sufriendo una actividad frenética más propia de un pub que de una cafetería (la actividad para la que se concedió licencia), con una incesante emisión musical en vivo y reproducida que supera los límites legales en cuanto a decibelios y clientela". 

De hecho, se precisaba que, según los días, los clientes “podían multiplicar por varias veces el aforo del establecimiento”.

El Supremo considera en su auto que, formulados los motivos de la empresa, “deben inadmitirse por no reunir los requisitos precisos para la admisión del recurso de casación”.

Así, el auto también establece que la inadmisión del recurso de casación “determina igualmente que deba inadmitirse el recurso extraordinario por infracción procesal, ya que la viabilidad de este último recurso está subordinada a la recurribilidad en casación de la sentencia dictada en segunda instancia”. 

Fuentes cercanas a la parte recurrente han indicado a Efe que los vecinos ya han pedido al juzgado de Benidorm la ejecución de la sentencia para el cese de actividad. Una vez sea notificada al Ayuntamiento, éste debería dictar la revocación de la licencia y decretar el cierre del establecimiento, según fuentes municipales.

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