VALÈNCIA. Mercavalència cometió "graves irregularidades" al pagar por episodios que no se emitieron. Así lo recoge un demoledor informe de la Agencia Valenciana Antifraude sobre el procedimiento de contratación y de pago del programa de televisión Dissabte al Mercat, emitido por Levante TV y sufragado con dinero de Mercavalència, empresa participada al 51% por el Ayuntamiento de València y presidida por el edil de Comercio, Carlos Galiana.
El formato, huelga recordar, estaba protagonizado en buena parte por el munícipe y costó al mencionado ente cerca de 26.000 euros -25.884 euros, exactamente-, tal y como publicó Valencia Plaza. Tanto su contratación como su pago estuvieron plagados de lagunas, errores, irregularidades e incluso alguna negligencia, tal y como resalta el mencionado informe, al que ha tenido acceso este diario.
Cuando la Agencia inició la investigación, en abril de 2018, Mercavalència ya había pagado la totalidad de los 16 episodios que constituían Dissabte al Mercat. Pero hubo, al menos, tres que no se emitieron. Y es que no fue hasta dos meses después de notificar a la empresa sobre el principio de las diligencias, cuando ésta emitió una factura de rectificación "por [tres] programas que finalmente no fueron emitidos". Lo hizo, además, ocho meses después de que se realizara el último pago a la productora, Prime TV Valenciana SL.
Así pues, Antifraude constata que el personal de Mercavalència que dio curso a las facturas y a los pagos incurrió en "grave negligencia en el ejercicio de sus responsabilidades" dado que conformaron y "pagaron facturas por servicios realmente no prestados". Pero va más allá el órgano de control al apuntar que no fueron sólo tres los programas no emitidos, sino que fueron seis.
"No se han encontrado evidencias de la realización de 6 programas del total de 16 pactados", reza el informe. En total, se estima el perjuicio económico a las arcas de la empresa mixta en 9.700 euros. Todo ello, para la Agencia que dirige Joan Llinares, son "graves irregularidades en el pago y la prueba de servicios". No obstante, esta es sólo una de las múltiples que se señalan a lo largo del documento.
Infracción grave
Otro de los extremos apunta a que Mercavalència cometió presuntamente una infracción grave de la Ley de Transparencia y Buen Gobierno al saltarse el principio de veracidad en la información que ofrecía sobre este contrato. Los detalles que publicó la empresa presidida por Galiana eran incorrectos.
Mercavalència publicó en su página web que existían cinco contratos menores de Dissabte al Mercat por valor de 5.176 euros cada uno. Ahora bien, tras las diligencias practicadas, la Agencia ha constatado que éstos no existían como tales, sino que sólo se suscribió un único contrato de 25.884 euros, cuyos pagos estaban fraccionados tal y como habían pactado ambas partes.
No quiere decir esto que la Agencia apunte, pues, la existencia de fraccionamiento de contratos -la realización de varios contratos menores para un mismo servicio-, dado que estos contratos menores, directamente, no existían, y por tanto, la información publicada por el ente era falsa. Tanto es así que lo corrobora el gerente de Mercavalència en sus alegaciones a las consideraciones de la investigación: "El contrato fue contemplado inicialmente como un contrato único que [...] generaba obligaciones de pago en Mercavalencia [...] según se emitían los diversos capítulos".
Concretamente, ambas partes acordaron que se realizarían cinco pagos. Y en este sentido, Antifraude también señala la falsedad del gerente: no se podía pagar conforme se emitían los capítulos dado que los pagos parciales "no correspondían a múltiplos de precios unitarios". Es decir, que de haberse realizado por este método, en cada pago se cubría el coste de 3,2 capítulos, lo cual "carece de sentido común·, considera el ente de control.
Incumplimiento de la normativa de contratación
En definitiva, sólo existía un contrato de casi 26.000 euros, lo cual superaba el umbral mínimo de un contrato menor, que se situaba en los 18.000 euros, por lo que se debería haber respetado los principios de publicidad y libre concurrencia que fija la normativa de contratación y haber abierto la adjudicación a más productoras. "Cualquier empresa capacitada para la producción audiovisual -dice la Agencia- podría haber sido contratada para la producción de los 16 capítulos". Por ello, era "jurídicamente exigible" la publicidad y concurrencia en este procedimiento de contratación.
Aseveraciones todas ellas que confirman lo publicado por este diario hace ya año y medio, y que no constituyen rémora alguna para que el organismo vaya más allá y llegue a señalar que en cualquier caso, Mercavalència "ni ha acreditado siquiera la tramitación de un procedimiento de contratación" y que, por ende, ha "infringido las normas más esenciales que regulan la contratación administrativa".
No era sólo un patrocinio
Señala todo ello tras desmontar la versión de Mercavalència, cuyo gerente sostenía que el contrato era de mero patrocinio. A este respecto, Antifraude niega la mayor argumentando que en el acuerdo se detallan numerosos aspectos técnicos: capítulos a grabar, duración, horarios y tiempos de emisión, número de cámaras, instrumentos para grabación de sonido, etcétera.
Son aspectos que exceden, "con mucho", un contrato de patronicio, que se hubiera limitado a "la indicación de la colaboración de la entidad en los créditos iniciales o finales a meros efectos publicitarios". En todo caso, los técnicos de la Agencia señalan que resultaba del todo irrelevante que fuera de uno u otro tipo el contrato suscrito porque en ambos casos están sujetos a la misma normativa de contratación administrativa.
Es por todo ello que Antifraude insta al Ayuntamiento de València y a Mercavalència a enviar toda la información relativa a todos y cada uno de los programas. Además, insta a recuperar el dinero pagado por los programas que no se hubieran emitido. Y por otro lado, traslada el informe al Consell de Transparència para que dirima finalmente si se contravino la normativa de Buen Gobierno por haberse saltado el principio de veracidad. Será, por ahora, éste órgano el único que decida si se deben exigir responsabilidades por estas consideraciones.