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mediante sendas sentencias estimadas con los mismos ejes que el resto

Promotores del MR-10 de La Marina y vecinos de la pedanía también tumbaron el Pativel 

16/08/2021 - 

ELCHE. Aunque fue en febrero cuando el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) falló anular el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral de la Comunitat Valenciana (Pativel), un mes después siguieron haciéndose públicas más sentencias de los distintos recursos presentados. Además del conocido de Grupo TM, una de las principales promotoras del arco mediterráneo, también se estimaron los de la 'Agrupación de Interés Urbanístico Sector MR-10 La Vila de la Marina' y de la Asociación de Afectados por el Pativel en la que figuraban interesados de otros municipios.

En este sentido, tras la anulación del TSJ el 19 de febrero, los promotores de La Marina —que junto a vecinos, reivindicaron durante tiempo la paralización o indemnización del Pativel al tener terrenos para construir en el sector MR-10, de la pedanía ilicitana, y uno de los pocos de toda la comunidad que aún se mantienen vírgenes a nivel urbanístico— pidieron también que subsidiariamente se les reconociera la situación jurídica individualizada consistente en conceder a los terrenos integrantes del sector MR-10 del Plan General de Elche el mismo tratamiento otorgado por el Pativel que los sectores sectores ZSO-4, ZSO-5 y ZSO-6 del Plan General de Guardamar. En el MR-10 por ejemplo, la promotora oriolana Veraky SL, tenía intención de construir un camping. Ligado a este tipo de actuaciones, durante estos últimos años, vecinos de la partida han denunciado no poder utilizar estos terrenos porque se limitaban las opciones de crecimiento y economía de La Marina. 

Así, la Sección 1 de la Sala de lo Contencioso del mencionado tribunal estimó también el recurso de los promotores ilicitanos, de nuevo, como en las anteriores sentencias que anularon la normativa, en base a la falta de un estudio económico-financiero, así como la omisión de los informes del impacto de género, familia e infancia y la evaluación ambiental estratégica. Eso sí, en la sentencia se rechazaron el resto de argumentos esgrimidos por la AIU, referentes a que no habían sido notificados del borrador final del Pativel con sus cambios, que se había sometido a información pública durante 20 días y no 45. 

También denunciaban los demandantes que la Administración no resolvió ni notificó las alegaciones presentadas, lo que les generó "indefensión". En cualquier caso, el TJS rechazó todas estas estimaciones, justificando entre otros asuntos que la Generalitat actuó correctamente al informar las numerosísimas alegaciones presentadas clasificándolas según su contenido. Como es conocido, fueron finalmente los tres ejes de falta de evaluación ambiental, memoria económica e impacto de género en los que el tribunal sí dio la razón a los demandantes. También en este caso. Entre otras razones, aunque la legislación valenciana no exija expresamente, un estudio económico-financiero ni el informe o memoria de sostenibilidad económica, "éstos son exigibles conforme a los citados preceptos del ordenamiento jurídico estatal y a la referida doctrina jurisprudencial (de un caso de la Ley de Suelo de Madrid en 2014)".

Asociación de Afectados por el Pativel

Por otra parte, la sentencia favorable a la AIU fue del 30 de marzo, pero dos semanas antes, el 16, fue la Asociación de Afectados por el Pativel la que consiguió el mismo resultado. Pedían la exclusión del ámbito de aplicación del Pativel de los sectores R6C, R6A y Racholar (RES-3) de Oropesa del Mar; Cap i Corb y Ribamar de Alcocebre; MR-10 La Marina de Elche; y Partida Cap Negret de Altea. También pedían que en el caso de mantener el Pativel con la zona de protección 1 a los sectores referidos, "se reconociese el derecho de los propietarios de terrenos incluidos en los mismos a ser indemnizados a través del oportuno procedimiento administrativo".

Y al igual que con la AIU, sus argumentos fueron rechazados y tan solo los tres de marras que fueron los que tumbaron el Pativel desde las distintas alegaciones presentadas. En cualquier caso, cabe destacar que sendas sentencias no son firmes. De hecho, como era esperable, el Consell presentó el oportuno recurso contra las sentencias

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