VALÈNCIA. La Fundación Deportiva Municipal del Ayuntamiento de València abonó un total de 1,8 millones de euros a una empresa a lo largo de 35 meses sin contrato por una "falta de diligencia". Así, aunque en 2018 la justicia no apreció delito, sí hubo deficiencias en la tramitación de los contratos de mantenimiento de edificios e instalaciones deportivas el pasado mandato, según constata un informe de la Agencia Valenciana Antifraude. En él se acreditan demoras administrativas que provocaron la caducidad de la contrata y una dilación excesiva para adjudicar el servicio que, a la postre, supuso pagar más dinero del estrictamente obligatorio durante tres años.
En 2011, el Ayuntamiento de València, gobernado por el PP, adjudicó la prestación del servicio a la mercantil Imesapi por un período de cuatro años con posibilidad de prórroga hasta un máximo de dos ejercicios más. Un contrato que vencía en diciembre de 2015, tras siete meses de la entrada en el gobierno municipal de Compromís, PSPV y València en Comú y de que la socialista Maite Girau se asentara en la concejalía de Deportes y la Federación. La empresa, dos meses y medio antes del vencimiento del contrato, solicitó la prórroga, pero la demora del servicio de Deportes provocó que esta no llegara a tiempo. En palabras de Antifraude, las causas de este retraso "no están suficientemente explicitadas" en el expediente municipal.
Al caducar la contrata por la demora, y como suele hacer la administración en este caso, prorrogó la prestación del servicio hasta que se celebrara el nuevo concurso público porque entendía el servicio de mantenimiento como irrenunciable en una ciudad como València. Lo cual ha supuesto, según Antifraude, que entre 2015 y cuando se formalizó el nuevo contrato, en 2018, durante 35 meses, el servicio se estuvo prestando "sin contrato y abonándose las cantidades correspondientes a dicho servicio recurriendo a la vía del enriquecimiento injusto". De esta manera, se abonaron cerca de 1,8 millones de euros en total.
"No parece razonable, si estaba en juego el interés público [...], que en primer lugar no se lograra llevar a término la prórroga del anterior contrato, más aún cuando se continuó la prestación del mismo casi tres años desde el vencimiento", sentencia la Agencia que dirige Joan Llinares, a cuyo juicio tampoco es razonable "que se haya estado 35 meses sin contrato y en consecuencia sin cobertura jurídica".
Pero además, los trámites administrativos para licitar el servicio de nuevo también sufrieron demoras. Desde el vencimiento del contrato en diciembre de 2015, no fue hasta octubre de 2016, casi un año después, cuando la Fundación Deportiva Municipal se puso manos a la obra. Un proceso que duró dos años más, hasta diciembre de 2018, cuando se adjudicó el nuevo contrato a la empresa Genera Quatro por 1,2 millones de euros, para dos años y prorrogable uno más.
Sobre todos los retrasos, Antifraude es tajante y asegura que evidencian "una falta de diligencia exigible e imputable al Servicio de Deportes". En definitiva, lo que la Agencia constata son "dilaciones poco justificables" sin que conste "la depuración de responsabilidades" por incumplir la normativa de buen gobierno en materia de gestión económico-presupuestaria. Todos los pagos mensuales que se hicieron sin contrato iban acompañados de un informe de la Intervención que "de forma reiterada han sido de omisión de fiscalización", puesto que se estaban realizando pagos por reconocimientos extrajudiciales de crédito, un procedimiento "excepcional" para "salvar situaciones irregulares viciadas de nulidad".
Así, Antifraude desliza que se habrían abonado cuantías por encima de las obligatorias en esta situación excepcional. La Agencia explica que, obviamente, pese a las incorrecciones en el procedimiento, el Ayuntamiento no puede dejar de pagar por un servicio que, en la práctica, se está prestando, porque "nadie puede enriquecerse en detrimento de otro".
Ahora bien, subraya, esto no es óbice para que el Ayuntamiento sólo tenga que pagar por el coste efectivo del servicio, y no incluyendo el beneficio industrial de la empresa que contemplaba el contrato inicial. Esto es, que al estar el contrato caducado, la obligación del consistorio para con la compañía es sólo de abonarle el coste del servicio y no también el beneficio.
Así, al prorrogar el servicio el Ayuntamiento con las mismas condiciones con las que había estado trabajando la adjudicataria durante los cuatro años anteriores, se abonaron cuantías que incluían el beneficio industrial y que, por ende, no tendrían que haber salido de las arcas municipales.