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Así se hará la ampliación de terrazas en València

22/05/2020 - 

VALÈNCIA. El Ayuntamiento de València aprobó este viernes en la Junta Local el documento que establece las condiciones en la que las terrazas podrán ampliarse e incluso bajar de la acera a la calzada, como había anunciado el gobierno municipal tras acordar estos permisos con la Federación de Vecinos y la Federación de Hostelería de València. Así pues, entre otras cosas, lo aprobado este viernes establece que sólo podrán ampliarse el 50% de las terrazas de la hostelería como medida excepcional para paliar el impacto económico de la crisis sanitaria. Podría afectar, pues, a unas 3.700 terrazas de toda la ciudad.

Las solicitudes para tramitar la ampliación de terraza se canalizarán a través de las Juntas de Distrito y tendrán vigencia hasta que se puedan abrir al público de manera libre al 100%. Una de las condiciones que fija el área de Actividades, dirigida por Lucía Beamud, es que el aforo total tras la ampliación no podrá superar el 50% del espacio dividido entre 0,75, de manera que la ampliación no repercutirá en un crecimiento similar del aforo.

Deberá existir como mínimo dos metros de distancia entre las mesas o grupos de mesas, los toldos fijos existentes no podrán cerrar más de dos lados y la zona ampliada no podrá disponer de toldo ni de elementos generadores de frío o calor. Además, se mantendrá la restricción para ocupar espacio público al lado de un Bien de Interés Cultural (BIC), así como otras ubicaciones no permitidas ya en la normativa municipal del ramo. 

Se podrá realizar la ampliación en calles residenciales -con la señal correspondiente-, las llamadas zonas 30 y las vías de un único carril por sentido -sin tener en cuenta carriles bus, taxi o bici-. Eso en términos generales, pero hay condiciones específicas en función del entorno de la terraza en cuestión.

Para aquellas ampliadas en aceras, zonas peatonales y otras zonas "afectadas por estudios especiales", el local en cuestión podrá ampliar la terraza ocupando también parte de la fachada del primer local contiguo "siempre que se cuente con la conformidad del titular". Eso sí, en ningún caso la ocupación podrá reducir la anchura del itinerario peatonal existente, así como respetarse una distancia de 1,5 metros en los itinerarios accesibles a mobiliario como bancos, papeleras o contenedores y plazas de aparcamiento de personas con movilidad reducida. Distancia, esta última, que se ampliará a 1,8 metros con las paradas de EMT.

Cuando la ampliación se de en zona de aparcamiento en la calzada, no se podrá ocupar zona azul o naranja (ORA) sin la autorización municipal, así como plazas reservadas para personas con diversidad funcional, plazas reservadas para vehículos autorizados o zonas reservadas para labores de carga y descarga. 

La zona ampliada deberá estar junto al bordillo y frente a la fachada, también pudiendo ocupar la de locales adyacentes. Se deberá, subraya el documento, instalar señalización vertical para prohibir el estacionamiento durante el horario de la terraza y se deberán instalar elementos separadores que delimiten la terraza respecto a los vehículos aparcados al lado.

Con todo, el reglamento fija que no se podrá ocupar una zona de estacionamiento si hay un carril próximo por el que circule la EMT. Tampoco en paradas de taxis, zonas de 'Kiss and go' para centros escolares, aparcamiento para instituciones, autoridades o centros sanitarios o asistenciales, o establecimientos hoteleros, recintos deportivos y culturales. Y mucho menos si entre la terraza y su ampliación queda un carril bici en medio.

También se podrán ampliar las terrazas en zonas verdes, plazas y zonas ajardinadas, pero sólo cuando se haga a menos de 30 metros del local y sea visible desde éste, siempre preferentemente delante de la fachada, o en su defecto, en la zona más próxima posible. Se deberá respetar, eso sí, un itinerario peatonal de 3 metros de ancho.

Por su parte, hay que resaltar que en las Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS) estará permitida esta ampliación "por no existir incremento de aforo", reza el documento aprobado. Y en zonas dependientes de la Demarcación de Costas, deberá contarse con su correspondiente autorización.

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