CASTELLÓ. Tras varios meses de negociaciones sobre este asunto, la Conselleria de Sanidad y las organizaciones sindicales sanitarias han formalizado este lunes su acuerdo para implantar, de forma progresiva, la jornada de 35 horas para los profesionales que trabajan en la sanidad pública valenciana. Se trata de un acuerdo alcanzado en la pasada Mesa Sectorial del 8 de marzo pero que ha sido rubricado este lunes por el conseller de Sanidad, Miguel Mínguez y por los sindicatos Satse, CCOO, UGT, CSIF e Intersindical (con excepción del sindicato médico CESM-SAE).
Y es que esta reducción de jornada (que pasará de 37,5 a 35 horas) es una de las grandes reivindicaciones que las organizaciones sindicales vienen reclamando desde hace un tiempo. Sin embargo, esta medida no se hará efectiva de forma inmediata, sino que se irá implementando progresivamente durante lo que queda de 2023 y el próximo año, para que quede implantada de manera definitiva el 1 de enero de 2025.
Así pues, durante este año y el próximo los profesionales de la sanidad pública valenciana irán reduciendo sus horas de trabajo de la siguiente manera: durante el presente ejercicio, el personal prestará 21 horas menos de trabajo -lo que equivale a tres jornadas- es decir, deberá cumplir un total de 1.568 horas de trabajo efectivo una vez disfrutados los conceptos de descuento de carácter general (festivos, periodo vacacional, días de asuntos particulares...). Del mismo modo, el personal con días adicionales de libre disposición y vacaciones añadirá la minoración correspondiente. Además, el documento firmado este lunes recoge que "si no resulta conveniente cumplir aquella minoración por medio del ajuste de las planillas, podrá obtenerse mediante el disfrute de 21 horas adicionales de la licencia de libre disposición, exclusivamente para el ejercicio 2023".
Por lo que respecta a 2024, el personal prestará 42 horas menos de trabajo, es decir, trabajará seis días menos, debiendo cumplir 1.547 horas de trabajo efectivo una vez disfrutados los conceptos de carácter general. Del mismo modo aquellos profesionales con días adicionales de libre disposición y vacaciones añadirán la minoración correspondiente. Tal y como recoge el documento, al menos 28 de esas horas, el equivalente a cuatro jornadas, deberán quedar asumidas de inicio al fijar las planillas del ejercicio pudiendo disfrutarse las otras 14 horas en concepto de licencia adicional de libre disposición, exclusivamente para el ejercicio 2024.
Ampliación del periodo vacacional
Para facilitar esta transición y aplicar la jornada de 35 horas en Instituciones Sanitarias de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, el departamento que dirige Mínguez modificará el punto 1 del artículo 23 del Decreto 137/2003, del Consell para ampliar el periodo vacacional del 15 de junio al 15 de octubre.
Tal y como recoge el documento formalizado este lunes, el citado decreto quedará con la siguiente redacción: "Las vacaciones se disfrutarán entre el 15 de junio y el 15 de octubre, ambos inclusive, que constituye el periodo vacacional ordinario. Sólo podrán establecerse turnos obligatorios de vacaciones durante los meses de julio, agosto y septiembre. Los periodos de 15 a 30 de junio y de 1 a 15 de octubre no podrán ser impuestos, sino que serán de solicitud voluntaria y durante ellos podrá disfrutarse el periodo vacacional que corresponda junto con días de libre disposición sin solución de continuidad".