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DESBLOQUEO DE LA LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA

Bravo y Marzà llegan a un acuerdo: habrá requisito lingüístico para los funcionarios

Los mínimos correspondientes a cada grupo se recogerán en un documento, que deberá estar listo en los próximos seis meses a la entrada en vigor de la ley valenciana

21/02/2017 - 

VALENCIA. La consellera de Justicia, Gabriela Bravo, y el conseller de Educación y Cultura, Vicent Marzà, máximos responsables de los departamentos de la Generalitat con competencia en función pública y política lingüística, han llegado a un acuerdo con los sindicatos con respecto al requisito lingüístico que se exigirá a los funcionarios de la Adminsitración valenciana. Los mínimos de valenciano exigibles quedarán recogidos en un documento que deberá promulgarse en los seis meses próximos a la entrada en vigor de la nueva ley. Antes se hablaba del plazo de un año. 

Durante una reunión con las centrales sindicales que mantenían posiciones enfrentadas en la cuestión (UGT, CCOO e Intersindical), los consellers han presentado cómo quedará recogido el requisito lingüístico en el borrador del anteproyecto de Ley de Empleo Público. Posteriormente la consellera Bravo se ha reunido con los representantes de  CSI·F y FSES, dada su condición de organizaciones presentes en la Mesa General de Negociación de la Generalitat para transmitirles lo mismo.

De esta manera se desbloquea el camino de la Ley de Función Pública, una norma polémica desde su arranque, en tanto que había logrado enfrentar a los socialistas y a los miembros de Compromís dentro del Gobierno autonómico. La medida permitirá que el decreto, anunciado como uno de los compromisos del Consell para el nuevo curso, siga su cauce y sea aprobado. Sin embargo, su validez estará sujeta a la llegada de un documento donde se establezca la competencia lingüística en un plazo máximo de seis meses a partir de su vigencia.

Cabe recordar que durante los últimos meses el texto, que estaba siendo revisado por todas las Consellerias, había levantado suspicacias internas. Mientras que el PSPV respaldaba la norma, Compromís mostraba sus recelos sobre el texto, especialmente en lo concerniente al requisito lingüístico y los órganos de control interno. De este modo se generó un pulso, que finalmente parecen haber ganados los partidarios de que hubiera unos mínimos exigibles.

El borrador del anteproyecto establece, en su artículo 61, que para acceder a la administración de la Generalitat los aspirantes deberán acreditar “el conocimiento del valenciano que se determine reglamentariamente, respetando el principio de proporcionalidad y adecuación entre el nivel de exigencia y las funciones correspondientes”. La nueva normativa prevé que el reglamento que regule el nivel de valenciano exigible para el acceso a la función pública deberá ser aprobado por el Consell en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley, una vez aprobada por Les Corts. 

La elaboración de dicho reglamento es competencia de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades públicas, previo informe en lo relativo a esta materia de la conselleria competente en materia de política lingüística.

Finalmente, la nueva norma incluye una cautela para el supuesto de que, transcurrido un año desde la entrada en vigor de la ley, no se hubiera aprobado por el Consell el referido reglamento. En ese caso, el nivel exigible de los conocimientos de valenciano que habrán de acreditarse, serán los siguientes:

  • Para los funcionarios de los grupos A1, A2 y B se exigirá el certificado C1 (equivalente al Grau Mitjà expedido por la Junta Qualificadora)
  • Los funcionarios de los grupos C1 y C2 tendrán que acreditar el certificado B1 y B2, respectivamente (equivalente al Grau Elemental)
  • Las agrupaciones profesionales funcionariales tendrán que acreditar el certificado A2 (equivalente al Grau Oral).

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