ALICANTE. La Comisión Europea ha abierto un procedimiento de infracción contra el Reino de España, al albergar dudas de que esté aplicando correctamente la directiva europea en materia de contratación. Un procedimiento, publicado en la página web de la Comisión y notificado al estado miembro, que llega después de que el colectivo Ecologistes en Acció denunciarse ante Bruselas el incumplimiento de esta directiva en las recientes ampliaciones de plantas de residuos de la provincia de Alicante. Concretamente, en Elche y El Campello.
Si bien la denuncia de los ecologistas ha sido finalmente archivada, pese a darles la razón, dado que se trataba de un caso concreto (en realidad, dos) y la Comisión no tenía facultades para intervenir, ahora Bruselas abre el campo. El mismo día (8 de diciembre) que notificaba a los ecologistas el archivo definitivo de su denuncia contra la planta de Els Cremats en Elche, la Comisión abría el citado procedimiento de infracción contra España.
La clave está en que de un caso concreto no puede inferirse que el Reino de España esté, por sistema, vulnerando la directiva europea de contratación vigente desde 2014, ya traspuesta al derecho español (y que de hecho motivó los últimos cambios en la Ley de Contratación). Sin embargo, los ecologistas aportaron al caso de Elche el de la planta de El Campello, donde también se ha recurrido a una modificación de un contrato de servicios (la recogida de residuos) para financiar una obra, como es la mejora de la instalación, en lugar de sacarla a concurso.
Tras esta nueva documentación, Bruselas mantuvo abierta la investigación hasta el pasado 8 de diciembre, cuando comunicó el archivo definitivo a los ecologistas (alegando los mismos motivos, es decir, que no se demuestra una vulneración generalizada y, por tanto, no es competencia europea) y, al mismo tiempo, abría un procedimiento de infracción.
Así, tal como explica el propio organismo, la Comisión "ha decidido incoar un procedimiento de infracción contra España en relación con la conformidad de su legislación nacional con las normas de la UE sobre contratación pública y adjudicación de contratos de concesión". Los Estados miembros debían incorporar la normativa al Derecho nacional a más tardar el 18 de abril de 2016. A raíz de la notificación de la transposición por parte de España y del control de conformidad realizado por la Comisión, "existen dudas sobre si la legislación española cumple las Directivas de la UE".
La Comisión ha identificado, señala, "deficiencias relacionadas, en particular, con el ámbito de aplicación de las Directivas, las normas aplicables a la modificación de contratos y el cálculo del valor estimado de los contratos en casos específicos". En este sentido, destaca que "al asegurar una aplicación adecuada de las normas de contratación pública se garantiza la mejor relación calidad-precio, se consigue que para las pymes sea más fácil participar en los contratos públicos y se ofrecen más oportunidades de negocio". España dispone ahora de dos meses para responder a las alegaciones presentadas por la Comisión.
La cuestión que llevó a Bruselas a concluir que España no estaba aplicando correctamente su normativa no es tanto que se modificasen los contratos de servicios para sufragar las obras de mejora, de forma que éstas corriesen a cargo de las respectivas empresas adjudicatarias del servicio, aunque la Comisión señala que sí podría tratarse de un incumplimiento. Donde la Comisión ve el problema que ha llevado a abrir el procedimiento es en la pretensión de España de seguir aplicando la normativa anterior a la trasposición de la directiva a aquellos contratos que se hubiesen adjudicado antes de su entrada en vigor.
Es decir, dado que las ampliaciones de contrato denunciadas por los ecologistas se han realizado aplicando la normativa anterior a la trasposición de la directiva, la Comisión considera que podría estar aplicándose esta última "de forma incorrecta", como indica en la respuesta a los denunciantes. A saber: España considera que puede regirse por las normas anteriores a la directiva para contratos previos a ésta, y Bruselas entiende que una vez traspuesta, se aplica también con carácter retroactivo.
Este es el quid de la cuestión que se analiza en el procedimiento de infracción, como señala la Comisión en su respuesta a Ecologistes en Acció. "Existe una cuestión de cumplimiento más amplia y general derivada de la trasposición", ya que la Ley de 2017 y el Real Decreto-Ley de 2020 establecen que "los contratos adjudicados con anterioridad se regirán [...] por la normativa anterior". La propuesta de modificación de contrato remitida por los ecologistas a la Comisión "confirma en efecto esta cuestión". Una cuestión que en la misma carta se indica que "se está examinando en el marco de un procedimiento de infracción".