El magistrado Francisco Marín Castán ya ejerce las funciones de la Presidencia del ts

El CGPJ designa a Rafael Mozo como presidente interino y provoca una bicefalia en el Poder Judicial

13/10/2022 - 

MADRID (EP). El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado designar a su vocal de mayor edad, Rafael Mozo, como su presidente interino, tras la dimisión de Carlos Lesmes, lo que supone 'de facto' que el liderazgo del Poder Judicial queda dividido, ya que el magistrado Francisco Marín Castán es quien ejerce las funciones de la Presidencia del Tribunal Supremo (TS) desde que la renuncia de Lesmes se hizo efectiva.

La votación ha salido adelante con una amplia mayoría, 16 de votos a favor y solo uno en contra -el del vocal Wenceslao Olea-, mientras que la vocal Mar Cabrejas se ha ausentado, según las fuentes consultadas por Europa Press.

Mozo, que llegó al CGPJ a propuesta del PSOE, ingresó en la carrera judicial en 1985. Tuvo varios destinos hasta que en 1998 aterrizó en la Audiencia Provincial de Madrid. Desde 2018 tiene su plaza como magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Convocado por el propio Lesmes con el objetivo de que los sectores progresista y conservador del Consejo General del Poder Judicial dieran cuenta del estado de las negociaciones para nombrar a los dos candidatos al Tribunal Constitucional (TC) -tras su tercera reunión fallida-, lo cierto es que el Pleno de este jueves ha estado dominado por la cuestión sucesoria.

En la propuesta votada, a la que ha tenido acceso esta agencia de noticias, los vocales explican que "no se dirige a realizar ningún nombramiento del presidente de TS y del CGPJ, sino solo a determinar una mera suplencia: quién ejerce de manera temporal y provisional las funciones correspondientes al titular de un órgano ante la ausencia o inexistencia de ese titular".

Es decir, recalcan, "que dicho acuerdo no alcanza a la sustitución en la Presidencia del Tribunal Supremo, que viene determinada 'ope legis' en el artículo 208.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial" (LOPJ).

Así, aclaran que Mozo ejercerá como presidente suplente "en el ámbito estricto del Consejo General del Poder Judicial", para lo cual "dispondrá de los medios atribuidos a ese cargo y, en los actos en los que intervenga y en los documentos que suscriba, se dejará debida constancia de que actúa en esa condición".

Además, manifiestan que, "dadas las circunstancias en las que se desenvolverá la suplencia, será precisa la máxima colaboración de todos los vocales para la marcha del Consejo durante el tiempo que medie hasta su renovación".

Ni votado por el CGPJ ni por el TS

En dicho texto, los vocales razonan que, si bien Lesmes debía haber sido sustituido en ambos cargos por el vicepresidente del TS, dado que Marín Castán ocupa ese puesto de forma interina desde 2019, el régimen actual "implica una diversificación" en la suplencia.

En lo que a ellos les ocupa, desarrollan, "los precedentes que se han seguido en el CGPJ para suplir las ausencias del presidente (...) han consistido en atribuir la suplencia al vocal de mayor edad", en este caso Mozo.

Para los vocales, "no concurre razón alguna que justifique ni haga comprensible" que el régimen de suplencias cambie, sobre todo teniendo en cuenta "la distinta naturaleza, principios y funciones que se asignan a una (CGPJ) y otra (TS) institución".

"Desde esta perspectiva, no parece ni correcto ni adecuado que un vocal del CGPJ que no ha sido nombrado presidente del TS pueda presidirlo", sostienen los miembros del órgano de gobierno de los jueces.

Y, de la misma manera, entienden que "resultaría anómalo que, por una cascada de suplencias no prevista en la ley", asumiera la Presidencia interina del CGPJ "alguien que carece de esa legitimidad derivada por no haber sido nombrado ni de manera directa (como presidente del CGPJ) ni de manera indirecta (como vicepresidente del TS) para pertenecer al órgano constitucional de gobierno del Poder Judicial".

En este sentido, subrayan que "la naturaleza de órgano constitucional del CGPJ y su forma de designación atribuye una legitimidad específica a su presidente, que es designado por vocales nombrados por las Cortes Generales, vía derivada que justifica su legitimidad constitucional para asumir la representación de un poder del Estado".

Cómo reemplazar a Lesmes

La posible bicefalia se vislumbraba desde que el Gabinete Técnico del TS emitió el informe encargado por Lesmes para ir preparando su sustitución, después de que durante la apertura del año judicial, el pasado 7 de septiembre, avisara de que, si no había avances tangibles en las conversaciones entre PSOE y PP para renovar el CGPJ, dimitiría en "semanas".

Los expertos del Supremo fijaron que Lesmes debía ser reemplazado por una sola persona en los dos cargos que ejercía: presidente del CGPJ y del TS. Y apuntó a Marín Castán por ser el vicepresidente del alto tribunal, cargo que ejerce en funciones desde hace casi tres años, cuando el magistrado Ángel Juanes abandonó el puesto por llegar a la edad de jubilación.

Lesmes defendió el informe técnico ante la Sala de Gobierno del TS y ante el Pleno del CGPJ, y volvió a ratificarse en la vía sucesoria que encumbra a Marín Castán cuando comunicó al Rey Felipe VI su renuncia precisando que, "ante la imposibilidad legal de proceder al nombramiento de un nuevo presidente del TS y del CGPJ, (...) se activará el mecanismo de sustitución del presidente previsto en la ley".

No obstante, fuentes del órgano de gobierno de los jueces ya venían avanzando a Europa Press que la mayoría de los vocales del CGPJ se resistirían a aceptar a Marín Castán como presidente interino de ambas sedes.

Fuentes del CGPJ y del TS advierten de que esta bicefalia podría propiciar un conflicto judicial que se dirimiría en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS, concretamente en su Sección Sexta, la que conoce de los recursos interpuestos contra los acuerdos del CGPJ.


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