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El Consejo de Ministros da luz verde al anteproyecto, que sustituirá a la ley de 1992

Claves de la nueva ley de Industria que prepara el Gobierno

Foto: MARGA FERRER
12/12/2022 - 

VALÈNCIA. Hace ya una semana que el Consejo de Ministros daba luz verde al anteproyecto para la nueva Ley de Industria, que busca reforzar el papel del tejido empresarial, fortalecer la soberanía estratégica industrial y adoptar nuevos instrumentos para mejorar su competitividad en la esfera internacional. Una nueva norma para sustituir la actual legislación, vigente desde 1992, e iniciar un profundo proceso de reindustrialización.

La vocación del texto normativo es hacer de la industria "un sector líder en innovación, sostenibilidad y digitalización" y situarla "a la vanguardia del siglo XXI", destacó la ministra del ramo, Reyes Maroto, durante su presentación. Así, esta reforma, que ahora deberá pasar todo el trámite parlamentario, involucra a administraciones públicas, agentes económicos y fuerzas políticas ante la urgente necesidad de potenciar la industria española en el actual contexto económico y los retos que la pandemia y la invasión de Ucrania han evidenciado. 

Así, su objetivo es doble. Por una lado, la reactivación económica y social tras la pandemia y la guerra; y, por otro, "la modernización del modelo productivo para abordar con éxito la doble transición digital y ecológica y lograr una mayor cohesión social y territorial", incidió la titular de este departamento. 

Para ello, aborda aspectos como la promoción industrial y la mejora de su competitividad, la reindustrialización, la digitalización industrial, la adaptación de la industria a la neutralidad climática, la autonomía estratégica industrial, el impulso de los ecosistemas industriales y los proyectos de interés general, la seguridad y calidad industrial y la gobernanza.

Características del anteproyecto 

Los principales objetivos de la norma son la garantía de la libertad de establecimiento de empresas industriales; la protección de la libre circulación de productos industriales, la garantía de la unidad de mercado y la coordinación administrativa. También, la internacionalización, la promoción y control de la seguridad y calidad industrial, la planificación estratégica de la actividad industrial, y el fortalecimiento institucional de los agentes y sistemas de gobernanza del ecosistema industrial y la colaboración entre ellos. 

Además, busca favorecer la atracción de inversiones en sectores estratégicos y en sectores afectados por el reto demográfico a través promoción de un entorno favorable e impulsando proyectos tractores y de interés general. Igualmente, incorpora medidas para la protección e impulso de la competitividad industrial y reconoce, por primera vez, la especial protección a la industria electrointensiva en energía e incorpora medidas de acompañamiento para favorecer su descarbonización.

Se consideran dentro del ámbito de aplicación de la ley las industrias manufactureras y actividades industriales dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, el aprovechamiento de subproductos y el tratamiento de residuos. También los servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica, así como actividades de digitalización, utilización y manejo de la información, su interoperabilidad y protección, que estén relacionados con la actividad industrial.

Prioridades 

Estructuras de gobernanza del ecosistema industrial español

Una de sus prioridades es el refuerzo de la estructura de gobernanza con la creación del Consejo Estatal de Política Industrial como órgano consultivo, asesor y de colaboración en las materias que afectan a la industria para favorecer su crecimiento, resiliencia y competitividad. Además, se elaborará la Estrategia Española para el Impulso Industrial 2030 que será el documento que contendrá las líneas generales y las directrices básicas de la política industrial española y el Plan Estatal de Impulso Industrial.

Foto: ANTONIO PRADAS

Desarrollo de los ecosistemas industriales e impulso de proyectos tractores y de interés general

La nueva norma pone la mirada en los ecosistemas industriales como polos de desarrollo industrial, especialmente aquellos que tienen la consideración de estratégicos, promoviendo las medidas de apoyo a los mismos. De esta forma, regula por primera vez los proyectos industriales de interés general como aquellos que cumplan al menos dos de las tres condiciones siguientes: significativo volumen de inversión y empleo indefinido, proyectos dentro de ecosistemas industriales definidos o que pertenezcan a sectores considerados estratégicos por el Consejo de Seguridad Nacional, o alineados con los objetivos industriales de la UE e integrados en los mecanismos de financiación europea.

Medidas para la protección e impulso de la competitividad industrial

Se reconoce una especial protección a la industria intensiva en energía y medidas de acompañamiento para facilitar su descarbonización. Asimismo, se presta una especial atención a los programas de internacionalización que tengan como finalidad la introducción o la consolidación de las empresas industriales españolas en un ámbito internacional. Se podrán establecer bancos de pruebas regulatorios y de apoyo en los que se desarrollen proyectos piloto con el fin de facilitar la investigación e innovación.

También, recoge que las administraciones públicas promoverán e implantarán, dentro de su ámbito competencial, medidas que contribuyan a la dotación de los servicios e infraestructuras necesarios para el fomento de áreas industriales. La norma introduce la figura de la refinanciación de préstamos para facilitar la devolución de los préstamos concedidos a las empresas en programas nacionales de ayudas públicas.

Ordenación de los procesos de reindustrialización

También, incluye la ordenación de los procesos de reindustrialización, donde se establece la obligación de la empresa, en determinadas circunstancias, de anticipar un cierre o la reducción de actividad que involucre una importante reducción de empleo. Deben explorarse fórmulas para la prevención, corrección o mitigación de los efectos asociados. Para ello, se dota a los diferentes actores implicados de un plazo para buscar una solución a través de una Mesa de Reindustrialización donde intervendrá a Administración General del Estado.

Industria estratégica y agentes de financiación

Se define a las industrias estratégicas, ligando el catálogo de recursos y capacidades recogidas en la Reserva Estratégica de Capacidades Nacionales de Producción Industrial (RECAPI) con la declaración de proyectos de interés general. Entre los agentes de financiación, destacan el Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas (FERGEI) y el Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP). Como agentes de ejecución la norma recoge a la Escuela de Organización Industrial (EOI), la Empresa Nacional de Innovación (ENISA), la Compañía Española de Reafianzamiento (CERSA).

Seguridad industrial

La seguridad industrial tiene por objeto la prevención y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes y siniestros capaces de producir daños o perjuicios a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente, derivados de la actividad industrial o del funcionamiento de las instalaciones o equipos y de la producción, uso, almacenamiento o desecho de los productos industriales. Por tanto, las instalaciones, equipos y productos industriales, así como su utilización y funcionamiento deberán ajustarse a los requisitos reglamentarios de seguridad.

En caso de riesgo grave e inminente, la administración competente podrá acordar la paralización temporal, total o parcial, de la actividad o instalación causante del riesgo, requiriendo a los responsables para que corrijan las deficiencias o ajusten su funcionamiento a las normas reguladoras. Se regulará, así, un Registro Integrado Industrial, adscrito al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, para integrar la información sobre la actividad industrial, y elaborar estadísticas a nivel nacional.

Sanciones e infracciones

Por otro lado, la norma detalla un régimen de infracciones y sanciones, que van desde muy graves a graves o leves. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta norma será de cinco años para las muy graves, tres para las graves y uno para las leves, a contar desde su total consumación. Las infracciones serán sancionadas desde leves, con multas de hasta 60.000 euros; a graves, con multas de hasta 6 millones de euros, y muy graves, con multas de hasta 100 millones de euros.

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