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Comienza el juicio del saqueo a Les Arts con cuatro acusados tras el fallecimiento de Helga Schmidt

Se enfrentan a penas de entre siete y ocho años de prisión

21/11/2019 - 

VALÈNCIA. El juicio del caso Palau, en el que se ha investigado el presunto saqueo del coliseo valenciano, comenzará este jueves en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de València. El juicio fue suspendido en su primera jornada el pasado 8 de enero debido a la enfermedad que padecía, y que ha terminado costándole la vida, la principal imputada, la exintendente Helga Schmidt, para la que el Ministerio Público solicitaba siete años de prisión.

El fallecimiento de Schmidt podría llevar a un cambio de estrategia de defensa del resto de investigados por los delitos de prevaricación, malversación de caudales y falsedad documental. En el banquillo se sentarán el exdirector financiero Ernesto Moreno, el abogado José Antonio Noguera, el empresario Joaquín Maldonado y el administrador de una sociedad que supuestamente intermediaba en las contrataciones, Pablo Broseta, excónsul de Francia en València.

Por su parte, el fiscal contará con la declaración de instrucción de Schmidt, así como con los informes de la Unidad de Delincuencia Económica y Financiera de la Policía Nacional (UDEF) para tratar de acreditar el desfalco. No poder interrogar a la exintendente puede suponer una piedra en camino del resto de acusados, ya que ella no estará para defender la legalidad de sus actuaciones al frente del coliseo. Pero, por otro lado, tampoco podrá defenderse de lo que éstos digan que ella hizo. El fiscal que irá a juicio será Ricardo Olivares, ya que el fiscal que hizo la calificación, Vicente Torres, actualmente es magistrado en el TSJCV.

En cuanto a las penas, el fiscal reclama ocho años de prisión para Ernesto Moreno; siete años para el presidente del consejo de administración de Patrocini —empresa vinculada al Palau y dedicada a captar patrocinadores—, José Antonio Noguera Puchol; siete años de cárcel para el ex consejero delegado de esta firma Joaquín Maldonado, y otros siete años para el administrador de la sociedad Radcliffe —mercantil que actuaba de intermediaria en las contrataciones—, Pablo Broseta.

Una externalización que incumplía la Ley

En la calificación del fiscal se apunta la aparente contradicción que supuso la creación de la empresa Patrocini de les Arts. Así, se indica que "al mismo tiempo que a nivel interno en el organigrama del Palau se decidía dotar de mayor relevancia orgánica al Departamento de Patrocinio (...) simultáneamente se adoptaba la decisión de proceder a la externalización de las funciones de captación de patrocinadores a través de la mercantil Patrocini De Les Arts S.A".

Igualmente, el fiscal sostiene que esta decisión se adoptó por parte de la exintendente "tras la celebración de varias reuniones con los acusados José Antonio Noguera Puchol y Joaquín Maldonado Rubio, con el conocimiento del acusado Ernesto Moreno Murcia". Tras estas reuniones fue, según el fiscal, cuando se decidió crear una sociedad de naturaleza mercantil para gestionar la captación de patrocinadores, pese a que el Palau de les Arts tenía un departamento que se dedicaba a esta función.

"De esta sociedad que tenía un evidente ánimo de lucro, pues no era ni una O.N.G. ni una Fundación sin ánimo de lucro, fue consejera la propia acusada Helga Schmidt", una actuación que para Anticorrupción incumplía la Ley 53/1984, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administraciones Públicas y también de su propio contrato de fecha 1 de abril de 2005. Esta parte, aunque continúa en el escrito, no se juzgará puesto que la acusada ha fallecido y, por tanto, su responsabilidad penal ha quedado extinguida.

Durante el tiempo en que Schmidt compatibilizó "de manera ilícita" los cargos de intendente del Palau y consejera de Patrocini, suscribió cinco contratos que supusieron un "evidente beneficio económico" para la sociedad privada, según recoge el fiscal en su escrito provisional.

Sobrecoste 'injustificado' de 248.222 euros

Uno de los más relevantes fue el del evento Viva Europa. Una vez creada la empresa Patrocini, la Fiscalía asegura que Schmidt, "actuando de acuerdo con los acusados José Antonio Noguera Puchol y Joaquín Maldonado Rubio", con ánimo de eludir los controles administrativos realizó contratos con una sociedad mercantil por los que esta percibió de la Fundación 508.040€ en concepto de precio fijo por la organización de eventos Viva Europa y comisiones por captación de patrocinadores.

El Palau realizó dos transferencias a la sociedad por importe de 300.000 euros y el fiscal entiende que inicialmente se pagó un sobrecoste "carente de toda justificación" de 143.525,50 euros. Sin embargo, entiende que esta cantidad ascendería a 248.222,79 euros por cobrar Viva Europa por gastos que excedían del contrato, como por el registro de dominios web o gastos de registro mercantil, entre otros.

Por Viva Europa 2010 la Fundación pagó también 21.440 euros "carentes de justificación" y por la edición de 2011 se le transfirieron 100.000 euros que provenían de Aguas de Valencia, entidad que financiaba el evento. En total, el ministerio público estima que en este último caso se desviaron 60.000 euros públicos.

En este caso, asegura la acusación pública, "no se siguió en ningún momento los trámites esenciales de la contratación administrativa y, por tanto, se eludió la publicidad, concurrencia y transparencia de los procedimientos que pretende garantizar la normativa vigente".

Pablo Broseta, acusado de alterar presupuestos

Otra de las actividades cuestionadas por el fiscal son los contratos de la Fundación con Radcliffe & Asociados S.L. En total se le adjudicaron trabajos de diseño e impresión de folletos y otras publicaciones, así como realización de una newsletter. La empresa cobró por ello y, sin embargo, no llegó a desarrollar estos trabajos, puesto que los mismos recayeron sobre La Imprenta Comunicación Gráfica S.L.

El fiscal Vicente Torres, actual magistrado del TSJCV, aseguraba en su escrito que el acusado Pablo Broseta Dupré alteró los presupuestos presentados para impresión de los folletos "tanto en los conceptos como en el precio con el objeto de obtener un lucro económico injustificado" y justificar el pago de un servicio que no había costado ni por aproximación los importes facturados.

Los trabajos que se dijeron realizados sólo se documentaron con un presupuesto, sin albarán ni nota de entrega, y ascendieron a la suma de 143.592 euros. Pese a ello, los pagos efectuados por el Palau a la empresa fueron mucho mayores. El fiscal entiende que en global no se habría justificado la cantidad abonada de entre 294.419,65 euros y 786.971,65.

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