VALÈNCIA. El pleno del Ayuntamiento de València aprobó ayer jueves la nueva ordenanza de ruido de la ciudad. Unas normas desarrolladas por la Concejalía de Contaminación Acústica que dirige Giuseppe Grezzi que buscan adaptarse a las nuevas exigencias del entorno: limita el uso de electrodomésticos en horario nocturno para favorecer el descanso de los vecinos, prohíbe dejar el vehículo en marcha por la noche si este produce un sonido que supere los niveles permitidos o, incluso, veta hablar en voz demasiado alta y mover muebles en casa en determinadas franjas horarias.
Ahora bien, más allá del ámbito privado, también contempla restricciones que condicionarán la actividad de ciertas empresas: las terrazas de la hostelería, labores de construcción, la implantación de recintos feriales, la celebración de conciertos o las contratas de los servicios municipales de limpieza y de jardinería. Reglas que han estado diseñándose casi seis años en los despachos del Consistorio.
En el caso de los trabajos que deban realizarse en dominio público, la nueva normativa establece que solo podrán realizarse de lunes a sábado desde las 8.00 horas hasta las 22.00. Mientras que los domingos y festivos, el horario se restringe un poco más: podrán iniciarse a las 9:30 horas pero deberán finalizar a la misma que cualquier otro día de la semana. En esta categoría entrarían, por ejemplo, las "operaciones de carga y descarga, las obras públicas de las distintas administraciones, las de mantenimiento de la vía pública y sus instalaciones, las obras públicas o privadas tanto de edificación como de mantenimiento, conservación y rehabilitación de edificios".
Se exceptúan , eso sí, los trabajos que por urgente necesidad o peligro deben acometerse de inmediato, independientemente de la hora que se trate. Además, en las calles peatonales donde no esté permitida la circulación, la carga y descarga tan solo estará permitida desde las 8:00 hasta las 11:00 horas de lunes a sábado, siempre que estos no sean festivos.
Si los trabajos a realizar en la vía pública requieren maquinaria, el nivel de presión sonora no deberá superar los 90 dBA. Si lo hicieran, deberán contar con la solicitud pertinente, justificación del tiempo que se van a utilizar las máquinas en cuestión y tendrán un límite de horas a usar a diario.
Asimismo, la nueva normativa también hace mención a los trabajos de limpieza y jardinería que realizan las empresas contratadas por el Ayuntamiento de València. "En los pliegos de prescripciones de los contratos de estos servicios se especificarán los límites máximos de emisión sonora" que se les aplicarán tanto a los vehículos como a la maquinaria que estos utilicen. Y deberán ser lo más silenciosos posibles "en límite inferior a los 90 dBA, medidos a una distancia de 5 metros desde el foco emisor".
Las empresas, además, deberán fomentar labores de formación a sus empleados "con tal de que el personal que presta servicios de esta naturaleza tome conciencia de que ha de realizar sus tareas con el menor impacto sonoro posible". Además, también se especifica que los contenedores de vidrio deberán, en zonas residenciales, ubicarse en el lugar donde menos molestias ocasionen y estará prohibida su recogida entre las 23:00 y las 8:00 horas.
Uno de los asuntos que más polémica ha generado es el apartado que afectaba a las terrazas de la hostelería, que en esta nueva normativa disponen de un punto y regulación propia, algo que no no sucedía con la anterior ordenanza. Ahora se introduce de forma concreta cuáles podrían ser las posibles penalizaciones en caso de que los negocios sobrepasen los límites de ruido a los que están sujetos.
Las nuevas normas prohíben abrir nuevos bares o restaurantes a menos de 30 metros de otro local en zonas residenciales. Eso sí, siempre y cuando los establecimientos no utilicen música ambiente. Si lo hicieran, la distancia aumentará hasta los 65 metros. Además, los locales deberán contar con una "doble puerta con retorno a posición cerrada, que garantice en todo momento el aislamiento necesario en fachada incluidos los instantes de entrada y salida". Un requisito que se les exigirá también a los "pubs, bingos, salas de fiestas, tablaos y otros locales autorizados con actuaciones en directo".
Junto a estas dos exigencias, existen dos novedades: por una parte, recae sobre los vecinos del entorno la responsabilidad de trasladar quejas y denuncias a los agentes del orden. Algo que ya causó cierto malestar entre los profesionales del sector al considerar que se podría incurrir en conductas "arbitrarias". Del mismo modo, también señalaron en su momento que la Policía Local "no tiene los medios ni la capacidad técnica" para realizar este tipo de mediciones, por lo que temen que esto pueda afectar al desarrollo de su actividad normal.
Sin embargo, el redactado final reza: "El Ayuntamiento podrá imponer medidas correctoras para garantizar el derecho de los vecinos al descanso, siempre y cuando a raíz de una denuncia la Policía Local constate y acredite en su acta que la actividad de la terraza causa la injerencia acústica denunciada". Todo ello, claro, partiendo de la base de que finalmente se haya admitido a trámite la sanción impuesta por parte de los ciudadanos u otros agentes implicados.
En caso de que así sea, ante el primer toque de atención el establecimiento denunciado deberá acortar su horario de terraza durante una hora. Es decir, que si antes cerraba a la una de la madrugada ahora tendrá que hacerlo a las doce. En la segunda amonestación, dos horas. Y en la tercera, se le retirará el derecho a montar terraza durante al menos un año completo, sin importar que el negocio cambie de titularidad. La pena en el caso de los negocios que hayan recibido dos denuncias se levantará si durante el año siguiente no vuelven a registrar una tercera, por lo que podrán volver entonces a su calendario habitual.
Con carácter general, el Ayuntamiento limita hasta las 2:00 horas la celebración de verbenas o "cualquier actividad de carácter musical", si bien la amplía en una hora más en el caso de las actuaciones tradicionales de San Juan, Nochevieja o la celebración del acto central del Día del Orgullo LGTBI. Las verbenas de Fallas en los días autorizados en el Bando de Fallas tendrán autorización hasta las 4:00 horas.
Ahora bien, la Concejalía de Contaminación Acústica deja en manos del área de Actividades la potestad de conceder tan solo una licencia de actividad por mes para "preservar acústicamente de las molestias que se pudieran generar" a las zonas residenciales próximas a las actuaciones.
La nueva ordenanza exime los espectáculos pirotécnicos del cumplimiento de los límites de los niveles sonoros exigidos, independientemente de que estas sean organizadas por el Ayuntamiento o por las comisiones falleras durante los días de Fallas.
También ocurre lo mismo con los actos de Navidad, Fin de Año y la Cabalgata de Reyes; los actos de la Gran Fira; el 9 d'Octubre; actos institucionales de San Vicente Mártir, San Vicent Ferrer, el Corpus o la Virgen de los Desamparados; la Semana Santa Marinera; el festival Balls al carrer y otras fiestas populares.