VALÈNCIA (EP). El Consell ha aprobado el decreto por el que se crea y regula el Comité de Cooperación Autonómica y Local de la Comunitat Valenciana como órgano permanente de consulta, trabajo y puesta en común de cuestiones relevantes para los municipios valencianos, según ha avanzado la portavoz del Gobierno valenciano, Ruth Merino.
La Generalitat, desde su vocación municipalista y su voluntad de diálogo continuo, crea este nuevo órgano y regula, de manera institucional y estable, las relaciones de colaboración entre la Generalitat, las diputaciones provinciales y las entidades locales de la Comunitat Valenciana, ha afirmado Merino.
A su vez, el nuevo comité permitirá compartir experiencias y mejorar la coordinación de las decisiones que se adopten en su seno para profundizar en la autonomía local y en las políticas de cooperación municipal.
El Comité de Cooperación Autonómica y Local de la Comunitat Valenciana se convertirá en un "foro permanente de trabajo y diálogo" para poner en común las necesidades de los municipios valencianos en cuestiones como inversiones, seguridad, urbanismo, movilidad y cualquier otra materia de interés común.
También tendrá funciones relacionadas con la financiación local y autonómica, además de con la consulta y adopción de acuerdos relacionados con la mejora de la coordinación de las diferentes administraciones implicadas.
Las entidades locales llevan a cabo numerosas actuaciones en estos ámbitos, "lo que hace conveniente articular una colaboración interadministrativa mediante canales de colaboración y cooperación permanentes con todos los municipios, provincias y otras entidades locales, así como abrir un espacio de consulta, trabajo y puesta en común de aspectos relevantes para el municipalismo, que sirva como foro permanente de trabajo, diálogo y de avance de las competencias y los servicios públicos", ha subrayado la consellera.
Este nuevo órgano de colaboración estará presidido por la persona titular del departamento de la Administración de la Generalitat competente en materia de Administración local, o la persona titular de la secretaría autonómica en quien delegue.
Contará, además, con siete vocalías de la Administración de la Generalitat; las personas titulares de las presidencias de las diputaciones provinciales o las personas que designen para su sustitución; las personas titulares de las alcaldías de Alicante, Castelló de la Plana, Elche y València o concejales o concejalas en quienes deleguen; además de la persona titular de la presidencia de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias o persona que designe en su sustitución.
En función de las materias a tratar en cada reunión, y cuando así lo aconseje la naturaleza y el contenido de los asuntos a tratar, la presidencia del órgano podrá invitar a participar en las reuniones a diferentes personas responsables públicas en los ámbitos respectivos.