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El Consell amplía las funciones de las Oficinas Liquidadoras para que la red sea "más próxima"

19/05/2023 - 

VALÈNCIA (EP). El Consell ha aprobado este viernes un decreto en el que se recogen las funciones de gestión y liquidación de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados que se atribuyen a las Oficinas Liquidadoras.

El objetivo es contar con una red de oficinas tributarias por toda la Comunitat Valenciana y proporcionar a la ciudadanía "una atención más próxima", ha explicado la administración autonómica. Las Oficinas Liquidadoras continúan bajo la dependencia funcional de la Agència Tributària Valenciana (ATV), a la que corresponde su coordinación, control e impulso.

En concreto, se especifica que las Oficinas Liquidadoras se encargarán, en relación con estos impuestos, de la recepción y registro de las autoliquidaciones, documentos, escritos y declaraciones que se presenten ante las mismas; la digitalización de la documentación presentada y su incorporación al expediente administrativo electrónico, así como la grabación en el sistema informático tributario de las autoliquidaciones presentadas.

En este sentido, la publicación de la Orden 9/2022 de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se crea y regula el Registro Electrónico Tributario, permite la recepción de documentos de naturaleza tributaria en las Oficinas Liquidadoras que pasan a estar conectadas electrónicamente con los registros de la ATV. También se ocuparán de otorgar prórrogas, así como la información y asistencia a los sujetos pasivos para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

La ATV ha extendido el servicio de atención telefónica a todas las Oficinas Liquidadoras. Asimismo, se harán cargo de la revisión de todos los documentos y autoliquidaciones que sean competencia de la Oficina Liquidadora; la tramitación de los procedimientos de verificación de datos, de comprobación de valores y comprobación limitada; la tramitación y resolución de los procedimientos de rectificación de autoliquidaciones y de las devoluciones de ingresos indebidos, así como la notificación de los actos administrativos que correspondan.

Igualmente, se encargarán de la tramitación y resolución de los recursos de reposición interpuestos contra sus actos y de la remisión de los expedientes administrativos a los Tribunales Económico-administrativos y a los órganos judiciales.

Por otro lado, tramitarán las tasaciones periciales contradictorias que se produzcan en los procedimientos de comprobación de valores tramitados por las Oficinas Liquidadoras; la comprobación de los hechos imponibles no declarados por la existencia de datos y antecedentes en poder de la Administración Tributaria.

En cuanto a las funciones de recaudación tributaria, las Oficinas Liquidadoras se centrarán en la recepción de las solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos que se presenten y su remisión al órgano competente para su tramitación.

Por último, se ocuparán de la tramitación, incluida la aceptación de hipotecas unilaterales, y resolución de las solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos previstos en la normativa.

Por otra parte, el Consell ha aprobado dos convenios de colaboración entre la Conselleria de Hacienda y el Ilustre Colegio de la Abogacía de Murcia y el Il.lustre Col.legi d'Advocats de Granollers para facilitar la presentación y tramitación telemática de documentos con transcendencia tributaria ante la Agència Tributària Valenciana (ATV).

De este modo, se pretende facilitar, gracias a la mediación técnica de Istec (Sociedad mercantil para la prestación de servicios de comunicaciones de la Generalitat), el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la ciudadanía, ya que los profesionales que habitualmente prestan servicios de gestión en materia tributaria dispondrán de mecanismos de comunicación y representación "ágiles, sencillos, prácticos y eficaces".

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