VALÈNCIA (EP). El Consell ha aprobado este lunes un decreto ley con medidas urbanísticas urgentes para "facilitar" las tareas de reconstrucción de viviendas y polígonos industriales tras la riada del 29 de octubre, entre las que se incluye la creación de una nueva figura urbanística, denominada Plan Especial Urbanístico de Reconstrucción, cuyo plazo de tramitación estimado es de nueve meses, "cuando en condiciones normales y sin interrupción de los procedimientos podrían ser años de duración".
La nueva norma también implica la suspensión de todos los procedimientos urbanísticos presentados en suelo rural inundable desde el 29 de octubre y hasta que la Administración General del Estado apruebe una relación programada de obras hidráulicas estructurales".
Así lo ha explicado el conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, Vicente Martínez Mus, durante la rueda de prensa posterior al pleno extraordinario del Consell que ha dado luz verde a este decreto ley.
"El objetivo principal del decreto es facilitar las tareas y evitar que la reconstrucción quede atrapada en las actuales rigideces de nuestro sistema habitual urbanístico, en revisiones de planes generales o modificaciones, que tendrán que hacerse si es necesario, pero que requieren mucho más tiempo, y el tiempo ahora es valioso", ha señalado Martínez Mus.
El decreto ley introduce la nueva figura de Plan Especial Urbanístico de Reconstrucción como un instrumento de planeamiento flexible, de aprobación autonómica y de tramitación urgente dirigido a favorecer la obtención de suelo finalista para la construcción de viviendas o polígonos industriales y a impulsar, con las determinaciones urbanísticas que resulten necesarias, las tareas de reconstrucción.
Mediante este decreto ley, la Generalitat podrá tramitar planes especiales urbanísticos de reconstrucción dirigidos a crear y ordenar suelos para la construcción de viviendas, así como a la reubicación de polígonos industriales o terciarios, a la integración de las infraestructuras que resulten necesarias y, con carácter general, a facilitar las tareas de reconstrucción.
Martínez Mus ha asegurado que este plan será de contenido flexible y tendrá "una visión global" pero también la participación de los ayuntamientos, y permitirá incluir todas las determinaciones urbanísticas que resulten necesarias en el proceso de reconstrucción.
"La Generalitat podrá tramitar planes especiales urbanísticos dirigidos especialmente a crear y ordenar suelos finalistas para la construcción de viviendas, también a la reubicación de polígonos industriales o terciarios, también a la integración de las infraestructuras que puedan resultar necesarias y, en carácter general, a facilitar todas las tareas de reconstrucción", ha expuesto Martínez Mus.
Estos planes podrán modificar las determinaciones del Planeamiento General y afectar al suelo incluso en diversos municipios, y en su ámbito discontinuo, y además podrán tener por objeto cualquier tipo de suelo, ha detallado. El procedimiento de aprobación de este plan será el previsto en la LOTUP, "con la particularidad de que los términos de tramitación excepcionales permitirán su aprobación en un plazo estimado de nueve meses".
Por otro lado, mientras que en el suelo urbano ya urbanizado se mantendrán los usos vigentes en cada plan general, en el suelo rural inundable afectado por la dana quedarán suspendidos todos los procedimientos urbanísticos presentados a partir del 29 de octubre hasta que la administración central apruebe un programa de obras hidráulicas para la zona.
"En el suelo rural que no se haya inundado sí que se admiten los procedimientos urbanísticos, pero hará falta un preceptivo informe del organismo de cuenca del Estado, que es la Confederación Hidrográfica del Júcar", ha explicado el conseller.
Este decreto-ley "comporta la reclamación al Gobierno de España de las obras e infraestructuras hidráulicas necesarias para evitar nuevas inundaciones", ha destacado el titular de Medio Ambiente. "Hasta el momento en que el Gobierno apruebe una relación programada de obras hidráulicas a realizar, valoradas además económicamente, que permitan eliminar el riesgo de inundación en los municipios afectados, queda suspendida la tramitación de los procedimientos urbanísticos en esos municipios", ha insistido.
Asimismo, la nueva norma también suspende los procedimientos que se tramiten en suelos que no son indudables de las municipios afectados por las inundaciones, hasta que se incorpore a este procedimiento un informe de corrientes emitido por el organismo de cuenca.
Otras medidas de carácter excepcional del decreto son la habilitación de los ayuntamientos a tramitar y aprobar modificaciones de planeamiento en suelo urbanizado para facilitar la reconstrucción, así como la creación de una nueva figura, Proyectos de Reconstrucción Local (PRL), que permitirá destinar suelo vacante no ejecutado, cualificado como equipamiento dotacional, a la construcción de viviendas residenciales.