TRIBUNA LIBRE / OPINIÓN

El Consejo Audiovisual de la Comunitat Valenciana, una necesidad urgente

29/06/2018 - 

CASTELLÓ. En las últimas semanas, ha sido noticia la aprobación del Consejo Audiovisual de la Comunidad Valenciana, un hecho que, a mi juicio, no ha recibido la debida atención mediática. Los medios de comunicación valencianos han publicado que la Ley de Creación del Consejo Audiovisual de la Comunidad Valenciana ha sido aprobada, con el compromiso de tramitar una proposición no de ley para que el presidente de este órgano sea elegido por Les Corts, y no por el Consell, al que tiempo que los dos miembros a elegir por el Consell deban someterse previamente a su comparecencia ante Les Corts. En suma, la realidad es que no tenemos aprobada esa Ley, y es muy poco probable que no vea la luz en la presente legislatura, dadas las fechas en las que nos encontramos.

Lo cierto es que resulta muy llamativa la ausencia de noticias y de tribunas de opinión sobre el proceso de tramitación de esta ley en los últimos meses que es absolutamente trascendental para el correcto desarrollo y la recuperación del sector audiovisual y para el desarrollo democrático de la comunicación en la Comunidad Valenciana y en España. Y es que en esta materia llevamos 36 años de retraso: la referencia al Consejo del Audiovisual de la Comunidad Valenciana, como autoridad independiente, aparece en el mismo Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, de 1982, en su artículo 56.

Presencia de los Consejos Audiovisuales a nivel internacional

Un rápido vistazo al panorama internacional permite tomar conciencia de que en este campo nuestro país representa una verdadera anomalía. En todos los países más avanzados del mundo existen Consejos Audiovisuales, es decir, organismos independientes, con autoridad para velar por una correcta ordenación y desarrollo de los medios de comunicación como la Ofcom, Office of Communications, en el Reino Unido; el Conseil Supérieur de l'Audiovisuel (CSA), en Francia; L’Autorità para le Garanzie nelle Comunicazioni (AGCOM), Italia; la Federal Communications Commission, Estados Unidos; o en Alemania, donde existen 14 autoridades reguladoras del audiovisual, que se corresponden con los estados federados, que trabajan de manera coordinada. En definitiva, es fácilmente constatable que existen Consejos Audiovisuales, es decir, autoridades reguladoras de los espacios comunicativos, en todas partes del mundo, incluso en los países que son modelo del capitalismo más neoliberal y “desregulado” como Estados Unidos o el Reino Unido.

Funciones y papel de los Consejos Audiovisuales

Es necesario subrayar los beneficios que aporta la creación de un Consejo Audiovisual a un entorno político, económico, social y cultural como el de la Comunidad Valenciana. El Consejo Audiovisual de la Comunidad Valenciana es esencial para garantizar el desarrollo de un espacio comunicativo valenciano de calidad. Hablamos de un órgano externo de control, con independencia y autonomía, que debe vigilar la pluralidad informativa, la defensa de los derechos de la audiencia y la independencia de los medios de comunicación públicos, pero también el correcto funcionamiento de todo el sistema mediático. Este organismo regulador serviría para regular el mercado audiovisual, con autoridad y con capacidad sancionadora, y para supervisar la concesión de las ayudas públicas a los medios valencianos, en temas, por ejemplo, como el reparto de la publicidad institucional (Generalitat, Ayuntamientos y Diputaciones) o de las ayudas a la producción audiovisual, como forma de garantizar la pluralidad y la equidad distributiva.

Frente a lo que afirman algunos medios, un Consejo Audiovisual no es una entidad “represora”: es un órgano que, ante situaciones de conflicto, da instrucciones –para velar por el seguimiento de unas normas o códigos a operadores o anunciantes–, informa de decisiones –que pueden tener un carácter orientativo para determinadas entidades, empresas o individuos relevantes del sector audiovisual–, hace recomendaciones –que no tienen carácter vinculante– y, sí, también pueden dictar sanciones cuando sea necesario –cuando los mecanismos anteriores fallan o cuando se detecta una falta grave de un operador, anunciante o entidad, porque se ha vulnerado la legislación vigente o vulnerado derechos de colectivos sensibles como los niños y jóvenes–. Cabe señalar, contrariamente a lo que se piensa, que no es frecuente dictar sanciones, porque la misma existencia de este tipo de órganos tiene un efecto disuasorio entre los operadores y agentes del sistema comunicativo y audiovisual del territorio.

Otra función que cabe destacar los Consejos Audiovisuales es su papel de supervisión y vigilancia sobre la actividad de los operadores, en especial sobre los medios de comunicación de titularidad pública. En este sentido, el CACV debe contribuir al cumplimiento de los principios fundacionales de la Corporación Valenciana de Medios de Comunicación, y de la Sociedad Anónima de Medios de Comunicación –À Punt Mèdia–, en especial su misión de servicio público, su independencia del poder político y de intereses económicos, el uso adecuado del valenciano, la pluralidad informativa, la expresión de la libertad de ideologías, creencias y orientaciones políticas, de la igualdad entre hombres y mujeres, así como favorecer la visibilidad de los colectivos más desfavorecidos, etc., o en riesgo de exclusión social.

Prevenciones y amenazas

La principal amenaza a la que se enfrenta la creación del Consejo Audiovisual de la Comunidad Valenciana es la politización y gubernamentalización del propio Consejo Audiovisual. Se debe garantizar que este órgano funcione con la máxima independencia del poder político. Y para ello, el Consejo Audiovisual debe contar con el presupuesto adecuado para hacer correctamente su trabajo. Y lo más importante es que los responsables del futuro CACV sean personas, hombres y mujeres, con una trayectoria profesional dilatada y contrastada, con una clara vocación de servicio público, un fuerte compromiso ético y una disposición natural a trabajar colaborativamente con administraciones públicas y el sector profesional.

En definitiva, la no existencia de autoridades reguladoras en los espacios públicos de comunicación es un grave problema que se podría comparar con lo que supondría la ausencia del código de circulación o de la Dirección General de tráfico para el tránsito de vehículos en nuestras carreteras. Y es que la inexistencia de Consejos Audiovisuales tiene que ver directamente con la baja calidad y escasa competitividad del sistema comunicativo español y valenciano.

Sólo la ignorancia o la defensa de opacos intereses económicos y políticos es lo que puede motivar el empeño para negar la necesidad de un órgano regulador de estas características. El nacimiento y buen funcionamiento de À Punt, cuyas emisiones regulares de TV comenzaron el pasado 10 de junio, necesita de la urgente puesta en marcha del Consejo Audiovisual de la Comunidad Valenciana. El futuro de los medios de comunicación públicos y del sector audiovisual continúa en juego.

Javier Marzal Felici es Catedrático de Comunicación Audiovisual y Publicidad de la Universitat Jaume I

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