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El Consejo de Seguridad Nuclear autoriza renovar la central de Cofrentes hasta 2030

El Pleno se basa en el funcionamiento correcto y el mantenimiento del nivel adecuado de seguridad de la central, que cumple 40 años en 2024

17/02/2021 - 

VALÈNCIA. (EP) El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), reunido de forma telemática, ha aprobado informar favorablemente la petición de renovación de autorización de explotación de la central nuclear Cofrentes (Valencia) por el periodo solicitado de nueve años y medio, es decir, hasta el 30 de noviembre de 2030.

Este informe será ahora remitido al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para su autorización, según se establece en el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas (RINR, artículo 23), según ha informado el CSN en un comunicado.

La decisión adoptada se basa en la comprobación del "funcionamiento correcto" de la central y del mantenimiento del "nivel adecuado" de seguridad para continuar su operación, así como en la constatación de la respuesta adecuada del titular a los requisitos normativos aplicables.

Como consecuencia de la evaluación del CSN, han resultado diversas propuestas de mejora de la seguridad, "en gran medida identificadas en la Revisión Periódica de la Seguridad", ha especificado la entidad.

De esta forma se hace una revisión "profunda y global" del estado de seguridad de la central, "especialmente importante" porque la central cumplirá 40 años de operación en 2024 y, a partir de ese año entrará, por lo tanto, en la denominada Operación a Largo Plazo (OLP).

Este informe favorable está basado en los resultados de la evaluación del CSN, contenidos en 46 informes técnicos especializados. Asimismo, contempla la información procedente de los procesos de supervisión y control de la central, por parte del Consejo de Seguridad Nuclear, durante la vigencia de la actual autorización.

Límites y condiciones aplicables

El dictamen emitido por el regulador establece nueve límites y condiciones que, en su conjunto, hacen referencia a requisitos de tipo genérico para todas las centrales nucleares, como identificación del titular y explotador responsable, potencia máxima autorizada, documentos oficiales de explotación y su trámite de modificación, informes anuales requeridos, salida de bultos radiactivos fuera del emplazamiento y requisitos para solicitar el cese de la explotación.

Otro es el cumplimiento de las propuestas de actuación del titular y de sus compromisos adquiridos, de los programas de mejora de la seguridad y de otras acciones adicionales específicas que el CSN requiere mediante Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC); la protección contra riesgos internos, concretamente, los derivados de inundaciones internas y aspersión y acciones relacionadas con la gestión del envejecimiento y la Operación a Largo Plazo (OLP).

Además, los límites y condiciones establecidos se acompañan de cinco Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) establecidas por el CSN directamente al titular de la central. Las ITC desarrollan las condiciones de la autorización y están referidas, entre otros, a las propuestas de actuación derivadas de la Revisión Periódica de Seguridad y el resto de la documentación presentada con la solicitud, así como modificaciones en el plazo y/o las acciones de algunos de los compromisos adquiridos por el titular, y otras acciones adicionales derivadas de la evaluación del CSN.

Igualmente, para llevar a cabo un seguimiento eficiente del cumplimiento derivado de estos compromisos, se establece el requisito de remitir al CSN, en el primer trimestre de cada año natural, un informe actualizado del estado de cumplimiento.

También incluye las acciones para llevar a cabo la revisión de los análisis deterministas de inundaciones internas y aspersión, así como los cambios asociados al Estudio de Seguridad y al Manual de Protección contra inundaciones internas; las relacionadas con la gestión del envejecimiento y con la Operación a Largo Plazo (OLP) y el Plan de Gestión de Residuos y renovación de la autorización de protección física.

Asimismo, el Pleno ha informado favorablemente el Plan de Gestión de Residuos Radiactivos y del Combustible Gastado (PGRRyCG) asociado a la operación a largo plazo. Una vez aprobado, constituirá la revisión 11 de este documento.

De igual manera, el Pleno del CSN ha informado favorablemente la solicitud de renovación de la autorización de protección física presentada por el titular de Cofrentes, que entrará en vigor simultáneamente y por el mismo plazo por el que se establezca la autorización de explotación.

Por último, el Pleno ha sido informado del estado de la evaluación del proceso de licenciamiento de la autorización de construcción del Almacén Temporal Individualizado (ATI) de Cofrentes, así como de su correspondiente contenedor de combustible gastado, HI-STAR 150.

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