VALÈNCIA. (EFE) El pleno del Consell del próximo viernes tiene previsto aprobar el decreto para la movilización de las viviendas vacías de los grandes tenedores de vivienda de la Comunitat Valenciana, que son aquellas personas físicas o jurídicas propietarias de diez o más inmuebles deshabitados.
El decreto regula la obligación de comunicar el número de viviendas vacías de los grandes tenedores, mediante su inscripción en un registro, y además recoge medidas de fomento para facilitar la movilización de esos inmuebles y que pasen a estar ocupados.
De esta forma, la norma regulará el procedimiento para la declaración de vivienda deshabitada y las consecuencias de dicha declaración, de manera que una vez que se produzca habrá un plazo de seis meses para movilizarla, por ejemplo a través de un contrato de compra-venta, de alquiler o de cesión de uso.
En caso de no hacerlo así y de que la vivienda siga vacía, lo que supondría un incumplimiento de la ley de Función social de la vivienda, se establecerán multas coercitivas de carácter mensual, cuyo importe dependerá de la tipología del inmueble y de dónde esté ubicado.
El decreto regula asimismo la inscripción en el Registro de Viviendas Deshabitadas, con el fin de poder contar con una estadística de las viviendas de este tipo que hay en la Comunitat Valenciana -actualmente se desconoce la cifra exacta- y así poder realizar un seguimiento y orientar el diseño de las políticas públicas en materia de vivienda.
Finalmente, en este decreto se desarrolla la actividad inspectora que se llevará a cabo para el control del cumplimiento de la legalidad y de las medidas de fomento adoptadas.
Este decreto se engloba en el desarrollo reglamentario de la ley de la Función Social de la vivienda y es uno de los más importantes de la Conselleria de Vivienda de esta legislatura, que tras la aprobación del decreto ley sobre tanteo y retracto y del decreto sobre el registro de demandantes de vivienda que se aprobó en agosto y entrará en vigor en octubre, tenía pendiente este.
Las mismas fuentes han explicado que algunas de las medidas de fomento para facilitar el cumplimiento de la función social mediante la efectiva ocupación de las viviendas deshabitadas pueden tener un margen de unos meses para su aplicación, pero la comunicación al registro de viviendas deshabitadas entrará en vigor cuando se publique el decreto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Según la Conselleria de Vivienda, existe un decreto similar en Cataluña, si en lo que respecta a las medidas de fomento y a la capacidad de sanción y de multas es "el más novedoso de todo el Estado a nivel de competencia de comunidad autónoma".
Los cálculos de este departamento de la Generalitat son que en lo que queda de legislatura se puedan movilizar entre 10.000 y 15.000 viviendas de grandes tenedores que en estos momentos están vacías