la norma tendrá una moratoria de tres meses para su aplicación

El Consell aprueba su decreto de responsabilidad social pese al desacuerdo de la CEV

6/08/2022 - 

VALÈNCIA. El Consell aprobó ayer viernes el decreto por el que se regula la inclusión de cláusulas de responsabilidad social en la contratación pública y en el otorgamiento de subvenciones en el marco de las competencias de la Generalitat. Un desarrollo reglamentario que llega cuatro años después de que se aprobara la ley para el fomento de la responsabilidad social y que se ha sacado adelante con el desacuerdo, en algunos de sus aspectos, de la Confederación Empresarial Valenciana (CEV)

La norma fue impulsada en la anterior legislatura desde la Conselleria de Transparencia que dirigía Manuel Alcaraz y se aprobó en les Cortes Valencianes en julio de 2018. En ella se incorporaban cláusulas de responsabilidad social en la contratación pública, de manera que la Administración no sólo valore la oferta más ventajosa económicamente, sino la que cumpla con aspectos sociales o medioambientales.

Se establecía, a modo de ejemplo, el cumplimiento de los derechos laborales y de empleo digno en los pliegos de contratación; que las personas o entidades licitadoras, contratistas o subcontratistas, empresas filiales o empresas interpuestas no puedan realizar operaciones financieras en paraísos fiscales; o medidas de planificación como un Plan Valenciano de Responsabilidad Social o la creación de órganos de participación y consulta como el Consejo y Observatorio Valenciano de Responsabilidad Social.

Una de las cuestiones más importantes que contenía para los sindicatos era la laboral, que fue aceptada en el trámite de enmiendas presentadas por CC.OO. y UGT. La ley incluye la obligación de subrogar las plantillas de las empresas contratadas por la Administración si hay cambio de titularidad, además de garantizar plantillas mínimas y salvaguardar las condiciones económicas y las horas trabajadas.

   

Con el decreto impulsado por la actual consellera de Transparencia, Rosa Pérez (Esquerra Unida), y aprobado este viernes, el desarrollo reglamentario de este asunto tendrá que aplicarse tanto para las contratas de Generalitat –unas 8.500–, como para diputaciones, mancomunidades, ayuntamientos, sector público institucional y universidades. Y aquí viene el añadido problemático. El texto incluye el siguiente apartado: 

"El anuncio de licitación deberá incluir la información relativa a la obligación de la subrogación de las personas trabajadoras en sus relaciones laborales, bien por aplicación del régimen establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, bien por la aplicación del convenio colectivo y la negociación colectiva laboral aplicable, o por cualquier acuerdo con valor de convenio suscrito al amparo del artículo 83.3 del mismo". 

Ese artículo establece que las organizaciones de trabajadores y empresarios podrán elaborar acuerdos sobre materias concretas que tendrán el tratamiento de esa ley para los convenios colectivos. Una vía usada por Transparencia para blindar la subrogación de personal en el caso de que haya sucesión de empresas, convenio colectivo o un acuerdo con valor de convenio

En su momento, la patronal valenciana presentó alegaciones al entender que vulneraba la normativa laboral vigente en materia de subrogación empresarial, pero no fueron aceptadas. Mientras algunas fuentes apuntan a que ha habido falta de diálogo y de información a la CEV por parte de Transparencia, desde la Conselleria aseguran que en el Consejo Valenciano de Responsabilidad Social se dio cuenta de todo. Aun así, el desacuerdo de los empresarios con que el decreto fuera aprobado es evidente. Además de que lo veían precipitado. Una posición que han trasladado al Gobierno valenciano a través de la Conselleria de Hacienda que ostenta Arcadi España (PSPV), según varias fuentes. 

Pese a que ambos departamentos niegan que esta situación haya generado tensiones entre los socios del Consell, este jueves sí se produjo una modificación que nadie quiere relacionar directamente de manera oficial con lo ocurrido con la CEV. El último párrafo del decreto establece que entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV), algo no que no suele ser habitual.

   

Esta moratoria de tres meses estaba así especificada en el inicio de la tramitación del decreto, pero pasó a ser de un mes. En el 'consellet' celebrado el jueves –cita que mantienen los subsecretarios de las consellerias en la que dan luz verde a los acuerdos que pasarán el día siguiente por el pleno del Consell– volvió a ser de tres. El motivo es que así lo solicitó la Conselleria de Hacienda. Transparencia acabó aceptando. 

El argumento que ofrecen desde el departamento de Arcadi España es que la aprobación de las cláusulas afecta a la redacción de los pliegos de muchos contratos que se están realizando, por lo que entienden que, dado que se ha sacado adelante en agosto, es razonable que se amplíe a tres meses para poder llevar a cabo todo el trabajo administrativo que implican esas cláusulas sociales en la contratación de la Generalitat. 

Además de obligar a incluir el mecanismo de subrogación de las personas trabajadoras en caso de cambio de contrata, el decreto obliga a reflejar en la contratación pública el convenio colectivo sectorial objeto del contrato y a establecer una plantilla mínima y unas horas de trabajo acordes al mantenimiento de la calidad en el servicio público subcontratado.

También se recogen los principios éticos y las reglas de conducta a los que deben adecuar su actividad las empresas o entidades contratistas y la aplicación de cláusulas de responsabilidad social y de transparencia en las convocatorias de ayudas y subvenciones. En la adjudicación del contrato, el texto establece criterios de carácter social como la inserción laboral e inclusión social; igualdad de género; calidad laboral; y fomento del empleo autónomo y el cooperativismo.

Por otro lado, se especifican criterios ambientales como el consumo, la eficiencia y el ahorro energético; los productos ecológicos; las emisiones y contaminación en el uso de vehículos; y la calidad ambiental. Por último, el decreto tiene en cuenta las cuestiones de carácter ético como el respeto a la cadena de producción y el comercio justo.

Riesgo de exclusión, igualad de género y LGTBI

Respecto a las condiciones especiales de ejecución del contrato, el documento contiene un anexo concreto sobre la ejecución de carácter social, haciendo mención a la inserción de personas con riesgo de exclusión en el mercado laboral y de personas con diversidad funcional; la promoción y formación en igualdad de género y la disposición de un Plan de Igualdad; la promoción lingüística de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana; la estabilidad del empleo garantizando al menos un 50% de plantilla indefinida; y medidas hacia la igualdad de las personas LGTBI.

También se tiene en cuenta la ejecución de carácter ambiental con formación en la materia; materiales embalados con productos reciclables; designación de una persona como responsable medioambiental; recogida selectiva de residuos; productos textiles con la Etiqueta Ecológica Europea o equivalente; uso de medios electrónicos y tipos de papel; y medios de transporte y/o maquinaria eficiente.

Además, el decreto establece condiciones especiales de ejecución de carácter ético como los Convenios OIT sobre libertad sindical, trabajo forzoso o edad mínima; los compromisos fiscales contra la evasión fiscal; y los suministros de productos de comercio justo.

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