el objetivo, facilitar las tareas de los equipos de emergencias

El Consell impone restricciones de circulación en nueve carreteras hasta la medianoche del domingo

1/11/2024 - 

VALÈNCIA. La Generalitat Valenciana ha acordado restringir la circulación de vehículos particulares en las vías de acceso a los municipios más afectados por la DANA que ha azotado la Comunitat, según ha anunciado este viernes el conseller de Infraestructuras, Vicente Martínez Mus.

En su comparecencia, el conseller ha explicado que la Generalitat ha aprobado una orden, que entrará en vigor esta noche a las 00 horas y estará vigente hasta las 23.59 horas del domingo, y que acuerda el cese con carácter transitorio de la movilidad en determinadas vías excepto para los servicios esenciales y empresas responsables de garantizar el suministro de servicios básicos de agua, energía, comunicaciones y distribución de alimentos.

Las vías afectadas son los accesos y salidas a los municipios desde y hacia la V-31 en su totalidad, excepto la entrada a la ciudad de València; y los accesos y salidas a los municipios desde el kilómetro 0 de la V-30 -el Puerto- al kilómetro 9, que coincide con los accesos a la A-3, en ambos sentidos, excepto en la entrada a València. 

Además, estará prohibida la circulación en la CV-33, entre Albal y Torrent; la CV-36, entre Valencia y el baipás; la CV-366, el acceso sur de Torrent; la CV-400 entre Valencia y Albal; la CV-403, entre Xirivella y Torrent; la CV-407, entre Picanya y Sedaví; y la CV-410, entre Alaquàs y el centro comercial Bonaire.

 

En estas vías, ha explicado el conseller, se restringe el movimiento de cualquier vehículo de transporte a excepción de la asistencia a centros, los servicios y establecimientos sanitarios, el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales o el retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

Además, se permitirá el movimiento de vehículos para asistir y cuidar a personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. También se excepcionan las actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos judiciales o notariales o aquellas de fuerza mayor o situación de necesidad. Y, en último lugar, cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente acreditada.

El conseller ha destacado que es "importante" canalizar y ser lo más efectivos posibles "para atender la desgracia que sufre la Comunitat". "Y la manera de organizarlo exige estas medidas para poder ser más efectivos", ha reiterado.

Martínez Mus ha mostrado su deseo de que estas medidas "sirvan para lo que tienen que servir y para lo que se han diseñado, que es poder asumir lo más rápidamente posible la conservación y la utilización de las vías para poder ser más efectivos y más rápidos en las medidas de emergencia que se están tomando, de limpieza, de retirada de vehículos, etcétera", ha dicho.

La justificación

La orden por la que se adoptan medidas temporales y excepcionales como consecuencia del temporal de lluvia y viento iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana, y que se publica este sábado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, señala que "la limitación resulta proporcional a la finalidad perseguida, puesto que la medida adoptada es la menos perjudicial para los derechos de terceros, no se prolonga especialmente en el tiempo y es la única que se puede adoptar para alcanzar la finalidad perseguida", indica el texto de la Orden.

Según explica, desde el día 28 de octubre de 2024 la Comunitat Valenciana y de manera muy especial la provincia de Valencia en su conjunto "se está viendo afectada por una dana de una intensidad y consecuencias tanto en vidas humanas como en daños a las infraestructuras sin precedentes".

"Es fundamental garantizar que todos los recursos que están actuando coordinadamente desde el inicio, de las diferentes administraciones públicas, así como de empresas y otros sectores, que están trabajando, no solo para asistir a las personas afectadas, sino también para recuperar a la mayor brevedad posible los servicios básicos, puedan ejercer su tarea con seguridad y efectividad, siendo necesario para ello fundamental garantizar su movilidad dando carácter prioritario sobre cualquier otro usuario de la red viaria y de transporte de la Comunitat Valenciana", afirma.

Afirma que en estos momentos de la emergencia "resulta necesario limitar la circulación y tránsito en determinadas vías públicas para garantizar la movilidad de todos los servicios esenciales y complementarios de intervención, así como de todas empresas responsables de garantizar el suministro de los servicios básicos de agua, energía y comunicaciones, y de distribución de alimentos, proceder a su reparación y limpieza, con la finalidad última de garantizar el uso normal por parte de los ciudadanos".

Explica que la base legal para esta limitación se encuentra en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, entre otros en los artículos 7 bis, y 20 (Deber de colaboración y Fase de recuperación), y en la ley 13/2010, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de Protección Civil y Gestión de Emergencias contiene iguales medidas.

Por ello, y conforme lo acordado en la reunión del CECOPI del día 1 de noviembre ordena desde las 0:00 horas del día 2 de noviembre de 2024 hasta las 23:59 horas del día 3 de noviembre de 2024, medidas temporales y excepcionales para proceder a la reparación y limpieza, garantizar la movilidad de todos los servicios esenciales y complementarios de intervención, así como de todas empresas responsables de garantizar el suministro de los servicios básicos de agua, energía y comunicaciones, y de distribución de alimentos. 



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