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la exconsellera no tiene juicios pendientes

El criterio para encarcelar a la cúpula de Gürtel libraría de ir a prisión a Milagrosa Martínez

Si la Sala del TSJCV aplica los mismos razonamientos, la exconsellera tiene probabilidades de no ir a prisión

15/02/2017 - 

VALÈNCIA. La Sala de lo Civil y Lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) decretó este martes el ingreso inmediato en prisión comunicada y sin fianza de los cabecillas de la trama Gürtel condenados a penas de más de 12 y 13 años de cárcel por asociación ilícita, tráfico de influencias, malversación, cohecho y falsedad dentro de la pieza de Fitur. 

La Fiscalía Anticorrupción pidió esta medida ante el elevado riesgo de fuga y la Sala accedió alegando en sus autos que las penas a las que han sido condenados son muy altas, que tienen empresas en el extranjero que podrían facilitar la huida y que todavía quedan más juicios por celebrarse.

Al cabecilla de la trama, Francisco Correa, y a su mano derecha, Pablo Crespo, les dice la Sala que "como se ha puesto de manifiesto a lo largo de la presente causa, pudiera participar de un complejo entramado de empresas fuera de nuestro territorio nacional del que pudieran resultar intereses que facilitarían su huida, lo que nos obliga a adoptar algún tipo de medida cautelar que nos garantice su sometimiento a la jurisdicción de este tribunal".

El criterio utilizado por el tribunal podría abrir una vía para evitar la cárcel inmediata a la exconsellera de Turismo Milagrosa Martínez, que acude este miércoles a la comparecencia de prisión. En los autos, la Sala les dice a los letrados de las defensas que Gürtel no es el caso Cooperación, donde los magistrados no acordaron el ingreso en prisión del exconseller, Rafael Blasco.

Por tanto, y si aplican el mismo criterio que con la cúpula de Gürtel, no deberían acordar la prisión preventiva para Milagrosa Martínez porque no tiene más causas pendientes, no tiene empresas en el extranjero y, aunque las penas son elevadas, con Blasco no se decretó el ingreso en prisión. 

Los letrados de las defensas consultadas por Valencia Plaza ven más que factible que el Tribunal solo imponga una fianza a la exconsellera, así como la retirada del pasaporte y la prohibición de salir del territorio español. Explican los abogados que si a Isabel Jordán, condenada a seis años y con varias causas pendientes, "no la han hecho ingresar en la cárcel, no tendría sentido que a Milagrosa Martínez sí".

Las vistas

Durante toda la mañana del martes los ya condenados por el caso Fitur fueron desfilando de uno en uno ante los magistrados. La Fiscalía solicitó el ingreso de cuatro comparecientes: Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez e Isabel Jordán. Para Cándido Herrero y Mónica Magariños, exempleados de Correa, se pidieron diferentes medidas cautelares. La única petición del Ministerio Público no atendida fue la de Jordán. Pese a la condena de seis años de cárcel, la Sala de Lo Civil y Penal del TSJCV no vio motivo para enviarla a la cárcel.

Tras cada comparecencia, los citados pasaron a una sala anexa al tribunal donde esperaban la resolución junto a sus letrados y custodiados por la Guardia Civil. La mañana fue tensa, ya que no se les notificó el fallo hasta que no hubieron deliberado los jueces durante cerca de hora y media. Pero el resultado final era la crónica de un auto de prisión anunciado. Crespo fue el primero en enviar a uno de sus letrados al hotel a por sus bártulos, después le siguió Correa y, por último, el que más afectado de todos estaba, Álvaro Pérez.

Correa, Crespo y Álvaro Pérez. Fotos: EVA MÁÑEZ

A la salida del tribunal los letrados no escondieron su descontento con la decisión adoptada. El letrado de Correa, Juan Carlos Navarro, tildó la decisión de "desproporcionada". Explicaba Navarro que no era razonable que su cliente diera con los huesos en la cárcel teniendo en cuenta que está colaborando con la Justicia, que ya estuvo tres años y medio en la cárcel y no se ha fugado, que acude religiosamente a todas las sesiones de juicio, que ha pagado una fianza, se había ofrecido a que se la aumentaran y que las responsabilidades civiles están siendo abonadas.

El abogado de Crespo se mostró más combativo y, como ya hiciera tras conocer el fallo de la sentencia, volvió a repetir que son decisiones políticas y que no se cansarán de recurrir a todas las instancias posibles hasta que se demuestre la inocencia de su cliente.

La sentencia de Fitur

El Alto Tribunal Valenciano, en la sentencia hecha pública el viernes pasado, condena a la exconsellera de Turismo Milagrosa Martínez, a los considerados 'cabecillas' de la trama Gürtel, Francisco Correa, Álvaro Pérez, Pablo Crespo, a varios exaltos cargos y técnicos de la Administración Autonómica y a trabajadores de las empresas de Correa por asociación ilícita, prevaricación administrativa, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, falsedad documental y cohecho.

La Sala absolvió a la exconsellera de Turismo Angélica Such y a Juan Bover, exjefe de servicio de infraestructuras turísticas de la Conselleria, de prevaricación administrativa, único delito por el que estaban acusados.

En la sentencia, el Tribunal, considera probado que los acusados crearon una trama empresarial para obtener distintos contratos de la Generalitat Valenciana en diversas ferias de turismo (fundamentalmente en los edificios de FITUR entre 2005 y 2009) tras realizar distintas actuaciones encaminadas a manipular, alterar e influir a su favor en la tramitación de los procedimientos administrativos de adjudicación de tales trabajos.

El grupo de empresas de Correa era una organización empresarial creada ex profeso para manipular concursos públicos y participar activamente en el cambio de las condiciones exigidas a los adjudicatarios.

Las mercantiles de Correa carecían de medios personales y materiales para ejecutar esos trabajos, motivo por el que los subcontrataban con terceros. De esta forma obtenían un enriquecimiento irregular al lucrarse aplicando unos márgenes desproporcionados, duplicando partidas o facturando gastos inexistentes.

Tales importes eran admitidos por la Administración Autonómica (Agencia Valenciana de Turismo, Conselleria de Turismo, Conselleria de Territorio y vivienda y Conselleria de Infraestructuras y Transporte), que no solo no llevó un control efectivo de los pagos sino que alteró los criterios de adjudicación de los contratos y benefició irregularmente a las empresas del Grupo Correa.

Estas mercantiles, según recoge la sentencia de 558 páginas, cuyo ponente ha sido el magistrado Juan Climent, tenían información privilegiada: conocían por anticipado las condiciones de los contratos públicos, contratos que, en algunos casos, se modificaban a su conveniencia.

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