VALÈNCIA. (EP) El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la constitución del Fondo RED para la solicitud de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y permitir así el despliegue del artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores, como consta en la nueva reforma laboral.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y el de Trabajo y Economía Social han informado tras el Consejo de Ministros de que el Real Decreto-ley contempla la activación del Mecanismo RED asegurando la financiación de las medidas.
Los ERTE de la nueva reforma laboral pueden tener una dimensión cíclica o sectorial, como recuerdan ambas carteras en su comunicado. En el caso de los ERTE sectoriales se prevén exoneraciones del 40% de las cuotas a la Seguridad Social, condicionadas a formación.
No obstante, las empresas que quieran adherirse a esta modalidad estarán obligadas a presentar un plan de recualificación de los trabajadores, que incluya la realización obligatoria de actividades de formación para posibilitar la recolocación en otro puesto dentro de la misma empresa o de otras.
Estos ERTE tienen una duración máxima de un año, con posibilidad de dos prórrogas de seis meses cada una.
Por su parte, los trabajadores tendrán reconocidas sus prestaciones desde el primer día en el que se les apliquen las medidas de suspensión o reducción de jornada. Seguridad Social y Trabajo aclaran que si la solicitud de adscripción al mecanismo se ha solicitado fuera del plazo, las prestaciones se reconocerán con efectos de la fecha de presentación y se abonarán una vez recibida la comunicación empresarial.
Para ello, la empresa tendrá que remitir una comunicación a mes vencido, en la que indique la información sobre los periodos de actividad e inactividad de las personas trabajadoras, correspondientes al mes natural anterior.
En el caso de los días trabajados en reducción de jornada, las horas trabajadas se convertirán en días completos equivalentes de actividad, como explican los Ministerios.
Además, las autoridades laborales de las comunidades autónomas podrán remitir directamente la información relativa a los ERTE a la Tesorería General de la Seguridad Social, al Servicio Público de Empleo Estatal y a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Del mismo modo, podrán ponerla a disposición del Ministerio de Trabajo y Economía Social, para su posterior remisión a las citadas entidades.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 22 de febrero un Real Decreto-ley por el que se prorrogan un mes más, hasta el 31 de marzo, los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) originados por la pandemia con el fin de facilitar la transición a los ERTE estructurales previstos en la reforma laboral.