VALÈNCIA. El juzgado de Instrucción número 4 de Valencia ha decidido el sobreseimiento libre –es decir, definitivo en lo que comporta a estos hechos– para el director general de Política Lingüística, Rubén Trenzano (Compromís), en la causa relativa al posible fraude de subvenciones concedidas a Francis Puig, hermano del presidente de la Generalitat, Ximo Puig, y los Adell Bover.
En un auto, el juez entiende –en contra del criterio de la Fiscalía– que no pueden quedar acreditados en este momento los indicios de delito contra él y que mantenerlo como investigado supondría aplicarle en "la pena de banquillo".
La defensa de Trenzano había pedido el archivo. Tanto Anticorrupción como la acusación ejercida por el PP se opusieron al entender que no era el momento procesal oportuno debido a que la instrucción no había acabado. Sin embargo, recientemente, la Audiencia de Valencia ordenó poner fin a la citada instrucción de manera sobrevenida tras estimar los recursos de los acusados contra la última prórroga de la investigación, que había acabado en nulidad debido a un error del juzgado.
El problema vino de un descuido procesal. La Fiscalía solicitó al juzgado la prórroga de la instrucción. Una petición que suele ser habitual cuando se encuentra próximo el plazo de la anterior finalización y todavía existen posibles diligencias pendientes de practicar. A continuación, se ha de dar audiencia a las partes, tal como marca la ley, para que se pronuncien y presenten las alegaciones que consideren.
Este trámite es el que no tuvo lugar, de manera que el pasado 26 de enero el juez acordó prorrogar la instrucción durante seis meses más sin que el juzgado hubiera dado traslado previamente de la petición de la Fiscalía. Debido a ello, las defensas de Francis Puig, los Adell Bover y Rubén Trenzano interpusieron sus respectivos recursos para pedir la revocación del mencionado auto de prórroga. Anticorrupción se adhirió y el juez los admitió. Posteriormente, dictó una nueva prórroga que fijaba la finalización de la instrucción en el próximo 29 de julio, pero la Audiencia de Valencia lo revocó.
La decisión suponía que el juzgado pueda incorporar todo lo que queda pendiente en la causa. Es decir, un informe ampliado de la Guardia Civil dirigido a comprobar la facturación aportada a las solicitudes de subvención con los proveedores; y dos informes de las Intervenciones de la Generalitat Valenciana y la catalana. Sin embargo, el magistrado no puede acordar nuevas diligencias. Con ello, las indagaciones quedan cojas.
Tras lo ocurrido, la defensa de Trenzano presentó un escrito para pedir el archivo debido a que entre las diligencias acordadas hasta la fecha no se encontraba su declaración como investigado –la acusación la pidió en junio de 2022, pero el juez la rechazó–. Esto comporta que no se le pueda llamar, por tanto, a comparecer al tener que finalizar la instrucción.
La Fiscalía y el PP se opusieron, pero ahora el juez ha dictado el sobreseimiento porque no puede acordar su declaración como investigado. Y entra a realizar una valoración en profundidad de su situación: "A mayor abundamiento, pese a la redacción inicial de la querella donde imputaba un presunto delito de prevaricación o de tráfico de influencias a Rubén Trenzano, las diligencias practicadas no aportaron indicios suficientes para recibirle declaración (...). De hecho, las diligencias pendientes están encaminadas a determinar si hubo delito de fraude de subvenciones o una posible falsedad documental en la actuación de los señores Francis Puig y Adell Bover. Delitos en los que ninguna participación tendría el señor Trenzano, pues la querella se dirigió contra él en calidad de director de Política Lingüística por una presunta ausencia de control en su concesión, de lo que no hay indicio alguno".