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"será necesario reforzar un juzgado"

El Juzgado para cláusulas suelo de València recibe 300 demandas en 15 días

18/06/2017 - 

VALÈNCIA (EFE). El Juzgado de Primera Instancia 25 bis de Valencia ha recibido en los primeros 15 días de funcionamiento 300 demandas por cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa.

Se trata de demandas relativas a litigios relacionados con las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, según un comunicado del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

El juzgado, creado el 1 de junio, aunque en el caso de Valencia no echó a andar de manera efectiva hasta el día 6, cuenta con un juez en prácticas, un letrado de la Administración de Justicia (LAJ) y cinco funcionarios: dos gestores, dos tramitadores y un auxilio.

La cifra de 300 demandas registradas en 15 días supone que de mantenerse el ritmo de entrada de causas, en un mes se alcanzará el límite de 900 que fijó el Consejo General del Poder Judicial a partir del cual habría que reforzar el Juzgado.

"Las estadísticas nos dicen que, de seguir así, y es previsible que el ritmo de entrada de asuntos no sólo se mantengan sino que vaya en aumento, sería necesario reforzar el juzgado a mediados de julio, mes y medio después de su puesta en funcionamiento", señala el decano de los jueces de Valencia, Pedro Viguer.

Según Viguer, "si en 15 días han entrado 300 asuntos; en mes y medio alcanzaríamos los 900, que es la cifra que estableció el Consejo para que se incorporara al Juzgado un segundo juez y cinco funcionarios".

El Juzgado especializado para las cláusulas suelo en Valencia, el 25 bis, ha recibido en una semana el triple de juicios ordinarios que el resto de los 22 Juzgados de Primera Instancia de la capital juntos.

Así, mientras el 25 bis registró 300 demandas, en los otros 22 juzgados entraron, en conjunto, 96 demandas por juicios ordinarios, según las fuentes.

Este tipo de procedimiento, el juicio ordinario, es aquel en el que se dilucidan pleitos por reclamaciones superiores a 6.000 euros: indemnizaciones por accidentes de tráfico, preferentes, acciones y otros productos financieros complejos, vicios constructivos, incumplimientos contractuales, demandas contra el derecho al honor y otros derechos fundamentales o arrendamientos. 

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