VALÈNCIA. El PP enmienda el decreto-ley de simplificación administrativa impulsado por el Consell con el objetivo de implantar el silencio administrativo positivo en los informes sectoriales necesarios en la tramitación de cualquier plan urbanístico. Con ello, se pretende agilizar el proceso, que en muchas ocasiones se demora durante años, pero también clarificar la norma cuya redacción no queda clara y dejaba lugar a la interpretación.
Concretamente, los 'populares' rehacen una parte del articulado para aclarar en materia de urbanismo el Plan Simplifica, que finalmente está siendo tramitado como decreto-ley por presión de Vox tras su salida del gobierno autonómico. Se trata de la introducción del silencio administrativo positivo en el caso de que los informes sectoriales que forman parte de una tramitación urbanística se demoren más allá del plazo de un mes, que es lo que fija la nueva norma de simplificación administrativa.
En un principio, el texto, que ahora se enmienda, señalaba que "los informes se entenderán favorables, sin perjuicio de las prescripciones que contengan, excepto cuando hagan constar expresa y motivadamente su carácter desfavorable, el cual sólo podrá afectar a las cuestiones respecto de las que el informe resulte preceptivo". No obstante, ahora se matiza este extremo y se propone que si transcurrido ese plazo de un mes de emisión del informe "éste se presumirá emitido en sentido favorable, salvo que la ley sectorial establezca expresamente lo contrario". Con ello, se da vía libre al silencio positivo pero incluyendo el matiz de que siempre que lo permita una ley de rango superior para evitar choque entre normas.
En cualquier caso, subraya que los informes que se emitan y se consideren desfavorables "lo deberán hacer constar así expresa y motivadamente". "El carácter desfavorable de un informe solo podrá referirse a aquellos aspectos en los que resulte preceptivo", reza la nueva propuesta de articulado.
Y es que, hasta ahora, en muchas ocasiones ese plazo de un mes se incumple y los proyectos se eternizan. De hecho, la norma del gobierno valenciano establece que en los casos en los que los informes sectoriales no sean emitidos en plazo, "la promotora podrá requerir a la Generalitat para que convoque a las administraciones, con competencias afectadas, a una comisión informativa de urbanismo de coordinación".
Con esta decisión de implantar el silencio administrativo positivo, salvo que la ley sectorial establezca expresamente lo contrario, se busca precisamente cumplir con el espíritu de la normativa: simplificar la tramitación para atraer inversión.
En cualquier caso, la regulación del Consell especifica que "el alcance de los informes sectoriales se limitará al ámbito competencial de las administraciones que los emiten" por lo que "las observaciones que excedan de dicho ámbito podrán no ser tenidas en cuenta por la administración municipal o autonómica en sus respectivas aprobaciones del instrumento de planeamiento". Por tanto, aquellos informes que deban emitir los órganos de la Administración General del Estado se regularán por su legislación específica.