Lo que preocupa al empresario es recuperar rápido el dinero o suspender el pago improcedente del impuesto o la sanción sin tener que esperar cuatro años al fallo de la sentencia
Antes o después, todas las empresas se enfrentan a la administración ante los tribunales, en el conocido y temido Contencioso-administrativo. Una reclamación de IVA, una sanción, un proceso urbanístico o una cuestión aduanera se puede convertir en un dolor de cabeza para los gestores empresariales. En cualquiera de los casos, las empresas acuden a estos procesos asistidos por su abogado, responsable de la estrategia de defensa o demanda. Sin embargo, hay determinados casos –aquellos que se dirimen ante al Juzgado de lo Contencioso administrativo, en los que la representación mediante Procurador no es obligatoria.
A pesar de ello, son cada día más las empresas que deciden delegar la representación en su procurador, ya que la experiencia les ha demostrado que su presencia llega a reducir los tiempos a la mitad. Teniendo en cuenta que la media es de cuatro años en los contenciosos de Sala, la reducción no es una cuestión menor, especialmente cuando puede afectar a un proyecto importante o a la recuperación de una tasa o impuesto indebidamente cobrada.
El Contencioso administrativo es en la actualidad el procedimiento más lento del sistema judicial. La sobrecarga de los Juzgados y de la Sala del TSJ provocan continuos retrasos que pueden ser mayores si las notificaciones, traslados y escritos no se llevan a cabo con la rapidez y los medios oportunos. Actualmente, y a pesar de los continuados anuncios por parte del Ministerio, los procuradores son los únicos profesionales del sistema que están plenamente incorporados a la administración telemática, así como a la Plataforma de traslados telemáticos, de uso exclusivo para dichos profesionales, lo que garantiza la rapidez, la eficacia y la seguridad de que se respetan fechas y plazos.
Además, y gracias a la especialización, el procurador proporciona un certero asesoramiento en cuanto a las diferentes fases y los plazos que serán necesarios a lo largo del proceso, lo que permite a la empresa una planificación estratégica o económica.
La representación a través de procurador proporciona otra ventajas, además de la rapidez y la seguridad. Una de las más interesantes para el empresario es la solicitud de tramitación de la pieza de suspensión de la ejecución del acto administrativo, lo que de hecho supone paralizar la liquidación del impuesto o tasa en litigio, o de la sanción, si este fuera el caso, lo que evita el desembolso por parte de la empresa hasta que se dicte sentencia. Trámite esencial que tiene un coste arancelario de tan solo 37,15 €.
los costes de esta representación por parte del procurador apenas afecta a los costes del proceso
Esta es la cuestión casi principal para el empresario, ya que, a diferencia de un procedimiento civil, en el que el pago se produce tras dictarse sentencia, la administración realiza el cobro de manera inmediata y devuelve el dinero al producirse la sentencia en su contra, lo que puede suponer cuatro años para la empresa afectada. En todo caso, y si el demandante ya ha efectuado el pago, la asistencia del Procurador reduce los plazos del procedimiento, lo que implica recuperar el dinero en la mitad de tiempo.
Finalmente, hay que recordar que los costes de esta representación por parte del procurador apenas afecta a los costes del proceso, ya que la minuta del procurador se incluye en la condena en costas, con lo que puede resultar a coste cero para el cliente, salvo en los casos en lo que no es preceptivo. Sin embargo, incluso en estos supuestos, puede incluirse siempre y cuando la dirección fiscal de la empresa se encuentre en un domicilio diferente que la sede judicial, lo que suele ser habitual en el caso de empresas que se encuentran ubicadas en polígonos, o fuera de la ciudad de Valencia.
En definitiva, el procurador asesora al empresario, le garantiza rapidez y reducción de plazos, y le representa ante los tribunales evitando que sea el cliente quien deba personarse en cada ocasión para presentar escritos, depositar tasas o tramitar documentos, con lo que el ahorro va mucho más allá del coste.
Laura Oliver Decana del Colegio de Procuradores de Valencia