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la ley de funcionamiento del órgano fiscalizador lo contempla

El PSPV pide que el Tribunal de Cuentas delegue en el Síndic la instrucción de los casos valencianos

29/01/2018 - 

VALÈNCIA. La burocracia se ha convertido en uno de los peores enemigos del Botànic. Si los largos procesos administrativos amenazan con dejar leyes en el tintero, la situación se reproduce en otro órgano de carácter nacional. El Tribunal de Cuentas (TCu) se encarga de instruir los procedimientos de responsabilidad contable, no penal, por los procedimientos irregulares que organismos autonómicos detectan, como la Sindicatura de Comptes. Sin embargo, la carga de trabajo acumulado es tal que muchos de los procedimientos jurisdiccionales se eterniza. 

De hecho, la memoria anual del Tribunal de Cuentas de 2016 cifraba en 992 las actuaciones jurisdiccionales resueltas por este órgano. Un número sustancialmente mayor a años anteriores pero que dejaba todavía en 411 los asuntos pendientes de dilucidar. Un atasco que el PSPV quiere ayudar a reducir. ¿El motivo? Evitar que la instrucción de los procesos contables que afecten a las arcas públicas valencianas se dilaten, como ya ocurre en el ámbito judicial con muchos casos de corrupción.

Para evitar esta circunstancia, los socialistas trabajan en el borrador de una Proposición No de Ley que en las próximas semanas quieren llevar al pleno de Les Corts. A la búsqueda de arrancar mayores dosis de autogobierno y con el objetivo que los hechos irregulares se reparen cuanto antes, el texto de esta PNL insta a la Sindicatura de Comptes a que solicite a la Comisión de Gobierno del Tribunal de Cuentas la delegación de la "instrucción de los procedimientos jurisdiccionales que afecten al ámbito competencial del sector público valenciano".

Una tarea que el órgano de control externo autonómico realizó hasta finales de los años noventa y que el PSPV quiere que recupere. Creen que permitiría, además, no solo agilizar la resolución de los casos valencianos, sino también "profundizar en la colaboración y cooperación institucional entre la Sindicatura y el Tribunal de Cuentas". 

Vicent Cucarella, Síndic Major de Comptes. Foto: EVA MÁÑEZ

¿Lo permite la actual legislación?

Si bien el TCu, que fiscaliza las cuentas y gestión económica de todo el Estado y del sector público en su conjunto, tiene delegadas en muchas comunidades autónomas la fiscalización de las cuentas de las administraciones y entes locales de su ámbito territorial, no ocurre lo mismo con la segunda tarea que este órgano desempeña: la instrucción de los procedimientos jurisdiccionales.

De la misma manera que la Comunitat Valenciana cuenta con un órgano como la Sindicatura de Comptes, que controla de manera externa la gestión económica y presupuestaria que la Generalitat e instituciones valencianas hacen de los recursos públicos, existen otras 11 autonomías que también tienen delegada esta función fiscalizadora por parte del Tribunal de Cuentas. Una potestad que, en el caso valenciano, le reconoce el artículo 39 del Estatut de Autonomía.

Sin embargo, más allá de informar al Tribunal de Cuentas sobre el estado de la gestión que las instituciones valencianas realizan con los fondos públicos y de realizar recomendaciones a estas administraciones para que mejoren su gerencia -que no siempre atienden-, la Sindicatura, en caso de detectar irregularidades, solo puede informar al TCu. Es el organismo estatal el que tiene la competencia para enjuiciar la responsabilidad contable de los funcionarios o cargos públicos autores del desaguisado.

El presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda. Foto: EFE 
Ahora bien, valiéndose del artículo 5c de la Ley de creación la Sindicatura de Comptes, los socialistas creen que este órgano podría obtener más competencias de las que tiene atribuidas. Así, este apartado de la norma, incluye entre las funciones de este órgano de control externo aquellas que de acuerdo "con el ordenamiento jurídico, sean convenientes para asegurar adecuadamente el cumplimiento de los principios financieros, de legalidad, de eficacia, de economía y de transparencia, exigibles al sector público".

Una redacción más ambigua que la que pueden tener la ley de creación de la Cámara de Comptos navarra o el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas -que contempla en sus funciones la de "instruir procedimientos jurisdiccionales y enjuiciar las responsabilidades contables, por delegación del Tribunal de Cuentas"-, pero que deja la puerta abierta a hacerlo. 

No en vano, no solo la Sindicatura podría ampararse en esta cláusula. La Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas reconoce en sus relaciones con los Órganos de control Externo de las Comunidades Autónomas (OCEx) la delegación de la instrucción "de los procedimientos de reintegro por alcance". Un acuerdo que debe tomar la Comisión de Gobierno del Tribunal de Cuentas, "debiendo el OCEx proceder a la designación de un funcionario para que lleve a cabo las actuaciones en que se concreta la instrucción de los procedimientos". Sería, en todo caso, la instrucción de los procedimientos, ya que la resolución seguiría siendo competencia del TCu.

La ley se reformó el pasado octubre

La propuesta llega dos meses después de que Les Corts aprobaran la reforma de la ley de Sindicatura de Comptes. Una modificación que los grupos parlamentarios abordaron a instancias de Podemos en febrero de 2016 que, a priori, suponía el cambio de 10 artículos pero que terminó finalmente enmendando casi la totalidad de la norma. 

Los principales cambios que sufrió la ley giran en torno al periodo de mandato del síndico Major de Comptes, la posibilidad de renovar o no en el cargo y de quién depende la elección de éste o ésta. 

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