VALÈNCIA (EFE). La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por Feria Valencia y da firmeza a la sentencia del TSJCV de 26 de octubre de 2016 que anuló el ERE que afectó -en 2011- a 106 de los 320 trabajadores del ente ferial.
Según consta en una providencia de la citada sala, facilitada por el Supremo, no se considera que Feria Valencia haya justificado que "las infracciones imputadas hayan sido relevantes y determinantes en la decisión adoptada en la resolución que se pretende recurrir".
Feria Valencia ya anunció en noviembre de 2016 su intención de presentar recurso frente a la anulación del citado ERE por advertir que la causa que motivó el fallo fue que la Dirección General de Trabajo emitió la resolución favorable al ERE sin esperar a disponer del preceptivo informe de la Inspección de Trabajo.
En enero de 2011, los 320 trabajadores de Feria Valencia ratificaron el preacuerdo alcanzado entre los sindicatos y la dirección del ente para la mejora del ERE, al aumentar las indemnizaciones de 30 a 38 días por año trabajado con un máximo de dieciséis mensualidades, y enriquecía las condiciones para las 34 prejubilaciones.
El ERE contemplaba 68 despidos previstos, de los que 34 correspondían a prejubilaciones, mientras que cuatro empleados de 65 años o más extinguirían su relación laboral a cambio de una indemnización.
Esas 106 salidas de trabajadores de Feria Valencia se producirían de forma progresiva y escalonada debido al calendario ya previsto de ferias que tenía el ente.
Además, en todos los casos, se contemplaba que el salario mínimo no sería inferior a los 1.300 euros, sería revalorizado en un 2 % anualmente e incluiría una cláusula por la que los "herederos, en el supuesto de fallecimiento" continuarían percibiendo ese salario hasta que el fallecido hubiese cumplido los 65 años.
La entonces alcaldesa de Valencia y presidenta del patronato de Feria Valencia, Rita Barberá, justificó entonces ese ERE en que "la situación" era en esos momentos "muy dura" y se tenían que hacer "recortes en todas partes".
Sin embargo, Feria Valencia solicitó el preceptivo informe de la Inspección de Trabajo seis días después de la citada asamblea de trabajadores y un día antes de que el director general de Trabajo acordara la resolución de ese ERE.
A finales de enero, la Inspección citó a Feria Valencia y al comité de empresa sin tener conocimiento de que el ERE ya había sido autorizado y al día siguiente emitió su informe desfavorable al mismo.
En consecuencia, el TSJCV estimó el recurso interpuesto contra la resolución de la Dirección General y destacó que en ese proceso se dio "una reiteración de vicios" que obligó a la "total nulidad" del ERE.
Entre ellos, que el proceso se desarrolló en apenas doce días (desde el inicio de consultas hasta la resolución que lo autorizó) "sin que existiese constancia alguna de urgencia" pese al número de trabajadores afectados.