VALÈNCIA. El Tribunal Supremo ratifica que el exalcalde de Gandia, Arturo Torró, debe devolver la cantidad de 283.125 euros (más intereses legales generados desde 2015) al Ayuntamiento de Gandia por el denominado caso de Tele 7. Una jurisdicción que viene a ratificar la sentencia del Tribunal de Cuentas, en julio de 2021, que ya estimó parcialmente las demandas de responsabilidad contable interpuestas por el Ayuntamiento de Gandia y por el Ministerio Fiscal contra Arturo Torró.
De este modo, la Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo acuerda la inadmisión a trámite del recurso de casación por la representación procesal de Arturo Torró “conforme al artículo 90.4 b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA), por incumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 89.2 d) y f) de la LJCA”. Asimismo, se trata de una sentencia firme, pues el Tribunal Supremo es la máxima instancia a la que Arturo Torró podía acudir.
Por tanto, la sentencia, como ya hiciera el Tribunal de Cuentas, considera a Arturo Torró como máximo responsable contable de la transferencia efectuada en 2015 desde la empresa pública Inicatives Publiques de Gandia (IPG) a Comarques Centrals Televisió —el importe era de 480.000 euros—. Concretamente, el juez del Tribunal de Cuentas, expuso que la firma del acuerdo de resolución del contrato realizada por Arturo Torró produjo un perjuicio económico en los fondos de IPG y, al ser esta liquidada, en los del Ayuntamiento de Gandia. Sin embargo, al considerar el juez que 196.875 euros respondían al abono de facturas pendientes correspondientes al ejercicio 2012, Arturo Torró deberá abonar el resto del importe, 283.125 euros. A ese importe se deben añadir los intereses legales generados desde 2015, lo que asciende a 350.000 euros.
Paralelamente, cabe recordar que la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia consideró a Arturo Torró a tres años y seis meses de cárcel y tres años y seis meses de inhabilitación absoluta por malversación por el caso de Tele 7. Un caso que investigaba la adjudicación de los servicios de comunicación audiovisual entre 2012 y 2015 en el consistorio gandiense. Una sentencia en la que además se condenó a Ricardo Manuel Faura, ex administrador de Comarques Centrals Televisió SL, a un año y nueve meses de cárcel y tres años y medio de inhabilitación.