VALÈNCIA. (EP) La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha emitido un auto en el que acuerda tener por preparado el recurso de casación interpuesto por la Agencia Valenciana Antifraude frente a la sentencia 198/2020 y por el que se emplaza a las partes para que comparezcan en el plazo de treinta días.
El recurso presentado por la Agencia Valenciana Antifraude, según explica este organismo en un comunicado, se interpone contra la sentencia por la que se obliga a la AVAF a entregar expedientes que estén en esos momentos bajo investigación a los grupos parlamentarios que así lo soliciten.
Cabe recordar que esa resolución de la Sección Cuarta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) dio la razón al PP y estimó que tiene derecho a consultar los expedientes abiertos por la Agencia Antifraude sobre las ayudas al valenciano de los socios del empresario Francis Puig, hermano del presidente de la Generalitat, Ximo Puig.
La AVAF recalca que "siempre" ha defendido que la entrega de los expedientes de investigación que están abiertos y en curso "va en contra, conforme establece su Ley reguladora, del deber de confidencialidad y muy especialmente porque pone en peligro el desarrollo y éxito de su propia labor investigadora poniendo al descubierto hechos y actuaciones que están siendo en ese momento investigados y recabando elementos de prueba con base en su carácter de autoridad pública y sus potestades en la lucha contra la corrupción, que afecta también a los partidos políticos los cuales entran dentro de su ámbito de intervención".
Así mismo, argumentan, "si la Agencia tuviera que hacer entrega de los expedientes de investigación sin que hubiera finalizado todavía la investigación, se estaría desvelando en muchos casos, directa o indirectamente, la identidad de las personas denunciantes y colaboradoras en la investigación, así como de aquellas otras que pudieran estar siendo investigadas, con la repercusiones y represalias que esto podría suponer de afectación a sus derechos constitucionales que deben quedar garantizados".
En este sentido, la entidad sostiene que sus expedientes de investigación solo se pueden entregar a la autoridad judicial. La entrega de dichos expedientes a un grupo político "va en contra además de la posición mantenida por el propio Ministerio Fiscal previa al dictamen de la citada sentencia 180/2020, de la Directiva 2019/1937 de protección de los whistleblowers, y de las Declaraciones que ha venido aprobando la Red Europea de Autoridades de Integridad y Protección de Alertadores (NEIWA) compuesta por autoridades públicas especializadas que representan a 21 Estados europeos y que tienen como objetivo la promoción y salvaguarda de la integridad en sus respectivos Estados", añaden.
Desde Antifraude precisan que "nunca se ha mostrado en contra de dar cuenta de las actuaciones de investigación cuando estas han finalizado" y "muestra de ello" es la publicación de sus resoluciones finales en su página web.
Tampoco se ha opuesto "en ningún momento a trasladar cualquier otra documentación o expediente que tenga relación con el funcionamiento administrativo propio de la entidad; tal y como se está haciendo con la entrega de todos los gastos de caja fija, informes, contratos, etc., que han sido recientemente solicitados por un grupo parlamentario", concluyen.