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El 'caso Castor', visto para sentencia: de la "sismicidad inducida" a la "sugestión inducida"

15/11/2021 - 

CASTELLÓ. Visto para sentencia. Así ha quedado este lunes el juicio del denominado caso Castor, que evalúa la responsabilidad social de la empresa constructora, Escal UGS, y de sus dos máximos dirigentes, Recaredo del Potro y José Luis Martínez Dalmau, en la crisis sísmica que sacudió el Maestrat en el otoño de 2013. Tan solo resta el dictamen del tribunal, presidido por el magistrado Esteban Solaz, para que el único procedimiento abierto por la construcción del almacén de gas que costó 1.350 millones de euros y nunca llegó a ponerse en marcha cierre su recorrido jurídico. 

Tras diez días de juicio en la Audiencia Provincial de Castellón, con declaraciones de acusados, afectados, peritos, trabajadores y demás implicados en la causa, este lunes las partes han leído sus conclusiones y se han ratificado en sus puntos de vista: el Ministerio Fiscal y la acusación particular piden cinco y seis años de cárcel, respectivamente, para el expresidente y exsecretario general de la compañía por delito medioambiental; además de una indemnización, en el caso de la segunda, de 1.860.000 euros que compense los "daños morales" de 124 demandantes. 

Las defensas, por su parte, exigen la libre absolución, tanto de la firma como de sus dirigentes. Y lo hacen insistiendo en lo que ya apuntaron en la primera sesión: que la actividad no tuvo nada que ver con los cientos de terremotos que se produjeron en aquellos tres meses. De hecho, el abogado defensor de Martínez Dalmau ha ido este lunes un paso más allá y ha señalado que los sismos eran "instrumentales" -es decir, "no sentidos"- y ha echado la culpa de la "alarma social" generada en Vinaròs a los medios de comunicación e incluso a los "planes de evacuación" que se ensayaron en escuelas. "En este caso podemos hablar -ha dicho- no de sismicidad inducida, sino de sugestión inducida". 

"Aplaca ha frivolizado con los daños morales"

Para argumentarlo, el letrado ha señalado que no existen "fotos, ni informe pericial, ni prueba alguna de que se hayan tenido que realizar reparaciones" debido a los sismos; ni tampoco hay "ni un informe médico ni psicológico" que acredite el daño moral de la población que defiende la Associació d'Afectats per la Plataforma Castor (Aplaca) para exigir la compensación. "Aplaca ha frivolizado con los daños morales", asegura. La asociación, a través de su despacho de abogados, ha informado de un informe psicológico que dice lo contrario

Poco antes, la abogada de esta asociación que agrupa a 124 demandantes, había defendido que en la población del entorno de la plataforma marina sintió "15 sismos": "El miedo era real, hubo gente que se alejó de la costa por temor a un maremoto". Esto generó "dos meses de angustia" entre los vecinos de Vinaròs y de otras poblaciones cercanas, como algunos reconocieron en sus declaraciones. Por estos dos meses, la acusación particular pide 12.000 euros para cada demandante, y otros 3.000 por "la angustia de meses posteriores por no saber si iban a cesar totalmente la actividad en la plataforma". 

Tanto la acusación particular como la fiscalía defienden que está probada la relación entre la sismicidad y la inyección de gas, y que la monitorización de esta y de los sismos fue "insuficiente y errónea", en palabras de la primera. Asimismo, la fiscal del caso, Dolores Ofrecio, acusa a la empresa de "un tipo agravado de ocultación de información", como actuaba respecto al Observatorio del Ebro cuando llevaba a cabo la inyección de gas. 

Más que el plan de explotación y el RD de concesión

Y es que, ha señalado Ofrecio en sus conclusiones, el acta de puesta en marcha provisional de 5 de julio de 2012, incluye un plan de llenado "muy escalonado en el tiempo y con niveles bajos" de inyección. En base a él, no debería haber sido hasta pasados "91 días" inyectando gas, "y previa parada de 11 días", cuando se alcanzasen los 8 millones de metros cúbicos de caudal diario. Por el contrario, la empresa trabajó con este volumen el 5 y 6 de septiembre, muy por encima de los días previos e incluso sobrepasando lo que prevé el Real Decreto de concesión del almacén subterráneo, publicado en 2008, que, "por prudencia", no prevé superar "los 6 millones de m3 de inyección". Por todo ello, la fiscal señala que Escal UGS "infringió el Real Decreto de concesión". 

Contra ello, la defensa de la empresa señala que ambos documentos son "un acto administrativo, y no un reglamento en sí", y "la capacidad autorizada [de inyección] se puede sobrepasar con naturalidad". En este punto puede estar una de las claves para que el tribunal determine la posible responsabilidad penal de la empresa y de sus dirigentes. 

El informe del Instituto Francés del Petróleo, cuestionado

En lo que sí coinciden todos, acusación y defensa, es en que el informe del Instituto Francés del Petróleo para determinar la capacidad de inyección, que fija muy por encima y que hasta ahora los abogados defensores habían esgrimido como un elemento irrefutable, "no es el Santo Grial". Pero eso "lo sabemos hoy", no entonces, ha apuntado el abogado defensor de Recaredo del Potro. Por ello, el letrado ha defendido que el juez se atenga a las circunstancias del momento, entre las cuales "no había ni una norma ni un protocolo" de actuación para situaciones como las que generó el Castor, ha señalado. 

Por estas razones, así como porque Escal UGS redujo el caudal de inyección cuando se comenzaron a percibir los temblores, incluso por los propios miembros de la empresa, y que acreditó el Instituto Geográfico Nacional; este abogado defensor y los otros dos han señalado que la compañía "actuó de manera responsable, prudente y adecuada a las circunstancias de aquel momento, diferentes a las posteriores".

Por el contrario, fiscalía estima que la empresa "despreció el riesgo de sismicidad", incluso cuando estos se estaban produciendo, como recogen varios correos electrónicos. Ahora, es turno de que el tribunal dictamine un fallo que, seguro, va a generar polémica. 

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