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también deberá evaluar las medidas que se ponen en marcha 

El Consell lanza un Observatorio de la IA para que impulse el crecimiento económico y evite sesgos

15/11/2022 - 

ALICANTE. "Con este fin de promover que la Inteligencia Artificia sea integrada de manera transversal e igualitaria en nuestra sociedad se crea este Observatorio Valenciano de la Inteligencia Artificial, que tiene como objetivo coadyuvar a que la IA se convierta en un instrumento impulsor del crecimiento socioeconómico sostenible, aumentando la productividad y la eficiencia, así como el desarrollo de nuevas industrias, todo ello desde una perspectiva centrada en las personas y la sostenibilidad del planeta". Esta es la carta de presentación del decreto de creación de este observatorio que pretende aprobar el Gobierno valenciano y que está en exposición pública para recoger mejoras durante los próximos días.

El proyecto está impulsado por la Dirección General para el Avance de la Sociedad Digital que dirige Juan Ignacio Torregrosa. Su objetivo, además de generar un beneficio para el conjunto de la sociedad e impulsar el bienestar, la prosperidad y la igualdad social, el proyecto pretende que la aplicación de estas tecnologías "evite los sesgos, siendo los más comunes los de género, edad, raza, ideología, que en el ámbito de esta tecnología puedan generar en nuestra sociedad".

Y para ello, la Conselleria de Innovación quiere que el observatorio sea "un punto de encuentro en el que todos los sectores vinculados a la Inteligencia Artificial, tanto el público como el privado, puedan exponer sus propuestas, demandas y sugerencias,  reforzando así el papel de participación de la sociedad civil y la intercomunicación con la administración autonómica, constituyéndose en plataforma de intercambio de ideas y colaboración". Un elemento esencial, dice el texto proponente del decreto será "su capacidad para evaluar la eficacia de las medidas que se adopten para el impulso de la IA".

Por tanto, el organismo tiene una doble intención en sus inicios: por una parte, contribuir al diseño de las políticas públicas en materia de promoción de la inteligencia artificial, Big data, blockchain, Internet de las cosas y 5G, entre otras tecnologías disruptivas, asegurando la transparencia, la eficiencia, la eficacia y la equidad de la acción pública; y, por otra, la evaluación de las medidas adoptadas, así como de la propia Estrategia de Inteligencia Artificial de la Comunitat Valenciana.

El observatorio tendrá un carácter consultivo, dependerá de la Dirección General para el Avance de la Sociedad Digital, que deberá proveer de servicios e instrumentos y estará formado por: la Presidencia corresponderá a la persona titular de la Conselleria o persona en quien delegue; la Vicepresidencia Primera corresponderá a la persona titular de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico o persona en quién delegue; la Vicepresidencia Segunda corresponderá a la persona titular dela Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública o persona en quién delegue; la Secretaría del pleno, con las funciones indicadas en el artículo 7, será desempeñada por una persona designada por el pleno entre el personal funcionario del subgrupo A1 de titulación, adscritas a la dirección general con competencias en materia de sociedad digital, que actuará con voz y sin voto, y las vocalías estarán representadas por las personas especificadas en el Artículo 5. y serán nombradas, a petición de la entidad correspondiente, por la persona titular de la conselleria.

El Observatorio de la IA funcionará en pleno y en comisiones de trabajo. El pleno se reunirá, al menos, una vez al año con carácter ordinario y, de forma extraordinaria, cuantas veces sea convocado por la Presidencia, por iniciativa propia o a propuesta de la mayoría simple de sus integrantes. Acordará la creación de cuantas comisiones o grupos de trabajo estime oportuno, que se constituirán en función de la materia concreta relacionada con la IA que se considere necesario analizar. A estas comisiones de trabajo podrán incorporarse representantes de grupos de interés, personas expertas y profesionales, con el fin de elaborar los informes técnicos pertinentes. De igual manera,  se podrán crear tantas comisiones de trabajo como se consideren y de cuyos resultados se habrá de dar cuenta en la inmediata reunión del plenario que se celebre tras su finalización.

El observatorio deberá contar con un portal web específico que permita el acceso a la información ofrecida por el organismo. 


La composición de las vocalías del observatorio  

Las vocalías que estarán integradas por las siguientes personas.

  • En representación de la Generalitat: a) La persona titular de la dirección general competente en materia de avance de la sociedad digital o persona en quien delegue. b) La persona titular de la dirección general competente en innovación o persona en quien delegue. c) La persona titular de la dirección general competente en materia de lucha contra 7 la brecha digital o persona en quien delegue. d) La persona titular de la Agencia Valenciana de la Innovación (AVI) o persona en quien delegue. e) La persona titular de la dirección general competente en materia de tecnologías de la información y comunicación o persona en quien delegue. f) La persona titular de la dirección general competente en materia de tecnologías de la información y comunicación del ámbito sanitario o persona en quién delegue. g) La persona titular de la dirección general competente en materia de impulso a la competitividad empresarial o persona en quien delegue. h) La persona titular de la dirección general competente en materia de innovación educativa y ordenación o persona en quien delegue. i) La persona titular de la dirección general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial o persona en quien delegue. 
  •  Entidades y organizaciones: a) Una persona en representación de la Valencian Graduate School and Research Network of Artificial Intelligence -Valgrai b) Una persona en representación de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias. c) Una persona en representación de cada una de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de acuerdo con el Decreto 193/2015 que aprueba el Reglamento de la Ley 7/2015, de participación y colaboración institucional de las organizaciones sindicales y empresariales representativas de la Comunitat Valenciana. d) Una persona en representación de la Red de Institutos Tecnológicos de la Comunitat Valenciana. e) Una persona representante de las asociaciones de colegios profesionales de Alicante, Valencia y Castellón. f) La persona titular de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital podrá designar hasta cuatro vocales elegidos entre expertos y profesionales de reconocido prestigio y experiencia en distintas áreas de conocimiento relacionadas con las funciones propias del Observatorio.
  •  Representantes de la Comunitat Valenciana en otras entidades nacionales relacionadas con la IA: a) Una persona representante de la Asociación Española de la Economía Digital (ADigital). b) Una persona en representación de la Fundación de la Comunitat Valenciana Unidad Ellis Alicante. c) Una persona representante de la Asociación española de Startups. d) Una persona representante de la Asociación Nacional de Big Data y Analytics (ANBAN). e) Una persona representante de la Asociación de Expertos Nacionales de la Abogacía TIC (ENATIC). f) Una persona representante del Consejo General de Colegios Oficiales 8 Profesionales de Ingenieros en Informática (CCII). g) Una persona representante del Instituto de la Ingeniería de España (IIES). h) Una persona representante de la Asociación Española para la Digitalización (DIGITALES). i) Una persona representante de SPAIN AI.

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