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La sanción es por faltar al trabajo cuando estaba destinada en Algemesí

El Consell suspende como interventora de Torrevieja a la ex alto cargo con el PP Cristina Serrano

27/10/2021 - 

TORREVIEJA. La Dirección General de Administración Local de la Generalitat Valenciana ha propuesto suspender de sus funciones a Cristina Serrano, actual interventora del Ayuntamiento de Torrevieja y de Rojales, durante 20 días por la infracción grave consistente en el incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo en su etapa como interventora en el Ayuntamiento de Algemesí, en 2018. Además, se le impone una sanción de destitución que implicará la prohibición, en todo caso, de obtener destino en el Ayuntamiento de Algemesí, por el período de 3 años por la infracción grave por el incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades. 

La sanción de suspensión la cumplirá en el Ayuntamiento de Torrevieja, que es donde actualmente presta servicio, desde agosto de 2020. Cristina Serrano fue subsecretaria de Vivienda de la Generalitat y ocupó otros muchos cargos en la administración autonómica durante los mandatos del PP.

La denuncia fue presentada por el Ayuntamiento de Algemesí ante la Dirección General de Administración Pública en 2018 por los siguientes motivos: realizar acciones u omisiones dirigidas a evadir los sistemas de control de horarios o a impedir que sean detectados los incumplimientos injustificados de la jornada de trabajo; incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo que, acumulado, suponga un mínimo de 10 horas al mes, o porcentaje equivalente, y realizar, dentro de su jornada laboral, actividades personales o profesionales que no tienen que ver con sus funciones como tesorera del Ayuntamiento de Algemesí, y que, incluso, , podrían ser incompatibles con su actividad como funcionaria.

El 27 de julio de 2018 tuvo entrada en el registro general de Presidencia de la Generalitat escrito de Cristina Serrano Mateo formulando alegaciones, en las que se instaba al archivo o en su caso, suspensión del expediente por «considerar que la continuación del mismo y su sustentación en pruebas y hechos que pudieran ser constitutivos de infracciones del ordenamiento jurídico o incluso penales, puedan producir menoscabos irreparables al ejercicio de mis derechos». Según recoge la resolución, Serrano presentó una denuncia por la vía penal contra el Ayuntamiento de Algemesí, que fue archivada en primera instancia y ratificada posteriormente por la Audiencia de Valencia. De esta manera, la Generalitat mantuvo el expediente abierto. 

En concreto, la expediente se basa en hechos como que Cristina Serrano no haber acudido a su lugar de trabajo el día 9 de febrero de 2018, y haber aportado un escrito atribuido a un funcionario de otra administración diferente que, supuestamente, certificó la asistencia a una jornada, que, al parecer, y después delas comprobaciones oportunas efectuadas por parte del Ayuntamiento de Algemesí, nunca llegó a celebrarse por el Ayuntamiento de València, y, por ello, según se afirma en la denuncia, presuntamente, se podrían incardinar dichas actuaciones de la funcionaria como acciones u omisiones dirigidas a evadir los sistemas de control de horarios o a impedir que sean detectados los incumplimientos injustificados de la jornada de trabajo; incumplir, presuntamente, el horario de trabajo establecido en el Ayuntamiento de Algemesí, así como el cómputo total de la jornada laboral, y realizar, presuntamente, actividades personales o profesionales que no tienen que ver con sus funciones de tesorera del Ayuntamiento de Algemesí, y que incluso, podrían ser incompatibles con su actividad como funcionaria. Hechos que posteriormente el expediente considera probados.

Respecto al primer hecho, la ausencia del 9 de enero de 2018, en la resolución se deja constancia, como hecho probado, que "se constata, por tanto, la manipulación de correos electrónicos, certificados y documentos justificativos a los efectos de justificación de las faltas de asistencia al trabajo, así como de los documentos aportados a esta instrucción a los efectos de acreditar su relato de los hechos". Respecto al 2, Se constata que por parte de la inculpada se ha incumplido la jornada laboral en más de 10 horas mensuales de media, en concreto consta un incumplimiento medio mensual de 12,99 horas", según la resolución. 

Y por último, ha quedado probado en la instrucción que por parte de la inculpada se han realizado actividades personales o profesionales que no tienen que ver con sus funciones de tesorera del Ayuntamiento de Algemesí, para las que no disponía de la preceptiva compatibilidad concedida. En concreto, dice la resolución, se ha acreditado que, desde 5/03/2014 hasta el 28/02/2018, la inculpada consta como administradora de dos entidades privadas y como socia única de una de ellas, así como consta de alta en la seguridad social como autónoma entre el 01/09/2017 y el 28/02/2018. Según la declaración de la inculpada, participó “como administradora en la primera (Franquicia Now You), de su expareja, porque había aportado a la misma un inmueble de su propiedad. Su expareja pretendía liquidar la empresa, así que se subrogó en el cargo de administradora durante el tiempo necesario para controlar el proceso de liquidación y no perder el bien. En la otra empresa indica que fue coadministradora con una amiga.” La instrucción llega a la conclusión de que "se acredita el incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades dando lugar a una situación de incompatibilidad, al no disponer de acuerdo de pleno de la corporación por el que se apruebe tal compatibilidad para el ejercicio de una segunda actividad, y además no cumplir, al menos con uno de los requisitos, para que dicha compatibilidad hubiese podido ser concedida, en caso de haberla solicitado, como es superar su complemento específico el 30% de sus retribuciones básicas, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad", dice la resolución. 

Por tanto, se llega a la conclusión de que Cristina Serrano ha cometido tres faltas graves o muy graves y se consideran probados las tres imputaciones, por lo que se propone varias sanciones a cargo de la Dirección General de la Administración Local de la General, que dispone de esa competencia para imponer sanciones de suspensión de funciones y destitución, cuando la sanción que recaiga sea por falta grave, la ostenta, la Dirección General de Administración Local por delegación de la Presidencia. 

Así, de esta manera, se deja en manos del Ayuntamiento de Algemesí que le imponga una sanción de 6 meses de suspensión firme de funciones de acuerdo con lo indicado en la propuesta de la instructora; se impone  una sanción de  suspensión firme de funciones durante 20 días por la infracción grave consistente en el incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo, y por último, una sanción de destitución que implicará la prohibición, en todo caso, de obtener destino en el Ayuntamiento de Algemesí, por el período de 3 años por la infracción grave consistente en el incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades. La sanción disciplinaria impuesta se ejecutará en el plazo máximo de un mes por la administración en la que preste sus servicios Cristina Serrano Mateo; es decir, en el Ayuntamiento de Torrevieja y Rojales. La resolución, que es del pasado 8 de agosto, se ha notificado ya Cristina Serrano Mateo y a la alcaldía presidencia de los Ayuntamientos de Torrevieja y Rojales a efectos de ejecutar las sanciones impuestas. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, la persona interesada podrá interponer los siguientes recursos, finaliza la resolución.

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