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El TSJ mantiene la suspensión de la Ley del Fondo de Cooperación al rechazar el recurso del Consell

12/01/2023 - 

ALICANTE.  El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso de reposición interpuesto por la Generalitat contra la suspensión del acuerdo por el que se obligaba a la Diputación de Alicante a sumarse, esta anualidad, al Fondo de Cooperación Municipal, con una aportación superior a los 13 millones de euros. El órgano judicial considera que la Generalitat no puede suplantar e interferir en las competencias de las diputaciones. El TSJ ya decidió suspender cautelarmente la ley el pasado 2 de diciembre.

La respuesta de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ vuelve a dar la razón a la institución provincial, al defender su autonomía financiera, constitucionalmente garantizada para administrar sus propios recursos y tomar la decisión en sus presupuestos. Asimismo, el auto resuelve que no es aceptable “que el ejercicio de las competencias de la Generalitat suplante e interfiera la genuina de las diputaciones”.

El diputado de Infraestructuras y Asistencia a Municipios, Javier Gutiérrez, ha celebrado “esta nueva resolución del TSJ, que salva una vez más a los municipios alicantinos más vulnerables de las garras del tripartito de izquierdas que está gobernando la Generalitat de espaldas a los intereses del ciudadano de a pie y en perjuicio del interés general”.

En este sentido, Gutiérrez ha remarcado que esta “es una batalla en la que los que realmente ganan son los alicantinos y así se ha planteado desde la Diputación desde el primer día”. El responsable del área de Infraestructuras ha defendido, además, “la importancia de este nuevo reconocimiento en favor de la autonomía de la Diputación, una institución que está por encima de todos los partidos políticos en la que debe respetarse su autonomía en el uso de los recursos y el pleno ejercicio de las competencias que tiene reconocidas por ley”.

El auto, con fecha de 9 de enero de 2023, indica que no es aceptable que las competencias legales de la Generalitat se lleven a cabo “en detrimento y con invasión de las que le pertenecen a tal corporación local”, además de sustentar que los intereses en liza no son los de los municipios, “extraños y ajenos al recurso, por cuanto ninguno de ellos interviene en el procedimiento y ningún dato existe sobre una supuesta discriminación o deficiente gestión que se pretenda corregir”, tal como aportaba la Generalitat.

Por todo ello, el TSJ considera de nuevo que lo que está en juego “es el legítimo interés en preservar la autonomía de la Diputación en gestionar sus recursos dentro del marco legal que le confiere unas determinadas atribuciones”.

La Diputación de Alicante considera que la obligatoriedad que pretendía ejercer el Consell para que participara en el plan inversor autonómico vulneraba la Constitución y la autonomía de las instituciones provinciales, por lo que el TSJ determinó la suspensión cautelar de esta acción, según reflejaba el anterior auto del pasado mes de diciembre de 2022.

En ese fallo anterior, el TSJ resolvía que la Diputación de Alicante no tenía que consignar en sus presupuestos de 2023 los más de 13 millones de euros que se le requerían para el Fondo de Cooperación Municipal, porque del dictamen se desprendía que los municipios de la provincia se verían "perjudicados" por esta exigencia al no recibir “ese cambio de destino de tales recursos”. Esto refuerza el hecho de que el sistema de reparto de la Diputación de Alicante beneficia más a las localidades de menor población, gracias a una inyección superior a los 43 millones para este ejercicio, a través del Plan Más Cerca del área de Infraestructuras.

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