Rozan los 60.000 trabajadores en la Comunitat

Sigue la cascada de ERTE: 3.963 expedientes con 23.875 afectados en Valencia

21/03/2020 - 

VALÈNCIA. La crisis por el coronavirus está provocando estragos en el empleo. Los últimos datos de la Conselleria de Economía arrojan unas cifras en ascenso en el número de Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) que ya se tramitan. A fecha 20 de marzo, se han recibido total de 7.673 solicitudes de ERTE que afectan 59.248 trabajadores de la Comunitat Valenciana. 

Unas cifras que van en aumento. Y es que en solo 24 horas, el número de ERTEs presentados ante la Conselleria de Economía se ha vuelto a duplicar, al pasar de algo más de 3.500 a más de 7.600, según los datos de Labora actualizados a este viernes. En cuanto al número de trabajadores afectado, el incremento ha sido del 55% en el mismo periodo, al pasar de 38.110 trabajadores del jueves a los 59.248 que se contabilizaban a medianoche del viernes.

De estas solicitudes, en la Dirección General de Trabajo se han presentado 80 para 14.453 trabajadores, y por provincias, en Valencia son 3.963 ERTE que afectan a 23.875 personas, en Alicante, el acumulado asciende a 2.637 expedientes con 15.519 personas afectadas. Y en Castellón, se han presentado 993 expedientes desde el 12 de marzo hasta este viernes, con un total de 5.401 trabajadores.

Economía ha informado de que tramitará los ERTE que suponen la suspensión temporal del contrato o reducir la jornada de los trabajadores de forma temporal, pero "siempre que se acredite que existe una causa de fuerza mayor derivada de la situación actual, provocada por el coronavirus".

El objetivo de este departamento es "la aplicación de las medidas urgentes para responder al impacto económico de la COVID-19 que establece el Real Decreto Ley 7/2020 de 12 de marzo y evitar que se produzcan despidos, garantizando el cumplimiento de todos los requisitos establecidos legal y reglamentariamente en este mecanismo legal".

Cabe recordar que el expediente de regulación de empleo temporal, regulado en el art. 47 del Estatuto de los Trabajadores (ET), permite a las empresas suspender los contratos de trabajo o reducir la jornada laboral de las personas trabajadoras de manera temporal.

Durante la suspensión del contrato, la persona trabajadora continúa vinculada a la empresa pero sin derecho a percibir su sueldo, ni el resto de complementos como pagas extra o vacaciones, y terminada la situación excepcional, se reincorporará a la empresa, y no perderá la antigüedad a efectos de despido, ya que la suspensión del contrato es por una causa ajena al trabajador.

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