VALÈNCIA. La Fiscalía de Delitos Económicos no recurrirá la sentencia del 'caso Palau' que absolvió a todos los acusados, a pesar de no compartir muchos de los argumentos recogidos en el fallo judicial. Así lo ha hecho saber a través de un comunicado.
El comunicado dice lo siguiente: "Con motivo de la sentencia de 5 de Marzo de 2020 , nº 134/20 dictada por en el PA 38/18 por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial , antes PA 4921/15 de Instrucción nº 15 de Valencia , conocida como 'Caso Palau', se informa que la sentencia no da por acreditados los hechos que sustentaban las conclusiones del Ministerio Fiscal. Aun cuando no se comparten enteramente los argumentos recogidos en la Sentencia, lo cierto es que el Tribunal justifica de manera razonada el fundamento de su decisión y ofrece respuesta a todas las cuestiones planteadas en el juicio, por lo que no se aprecia ningún motivo de impugnación con visos de prosperar".
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia abosolvió a los cuatro acusados por las irregularidades en los contratos suscritos por la Fundación Palau de les Arts Reina Sofía con tres empresas entre los años 2008 y 2011, al considerar que no ha quedado debidamente acreditada durante el juicio la perpetración de delitos de prevaricación y malversación.
En la sentencia, notificada el pasado viernes a las partes, el tribunal únicamente valora la prueba relativa a los hechos que finalmente fueron objeto de acusación, después de que la Fiscalía modificara sus conclusiones provisionales y redujera el contenido de su pretensión acusatoria.
Los acusados por el supuesto desfalco cometido en el coliseo valenciano figuraban el exdirector financiero del Palau de Les Arts, Ernesto Moreno; el presidente del consejo de administración de Patrocini de Les Arts, José Antonio Noguera Puchol; el ex consejero delegado de esta firma Joaquín Maldonado, y el administrador de la sociedad Radcliffe —mercantil que actuaba de intermediaria en las contrataciones—, Pablo Broseta.