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Fiscalía recurre la decisión del juez de excluir delitos contra Hacienda que atribuye a la excúpula de Vitaldent

2/06/2023 - 

VALÈNCIA. (EP) La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido el auto del juez de la Audiencia Nacional que instruye el 'caso Vitaldent' por el que procesaba al expresidente y a otras 50 personas por estafa y blanqueo al entender que el magistrado excluye "sin valoración alguna" varios hechos investigados relacionados con delitos contra la Hacienda Pública.

Así se refleja en un recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, que presenta la Fiscalía ante la Sala de lo Penal después de que el pasado 20 de abril el juez Manuel García Castellón dejara a un paso del banquillo de los acusados al expresidente de Vitaldent Ernesto Ramón Colman y a otras 50 personas por presuntos delitos de estafa, blanqueo de capitales, apropiación indebida y pertenencia a organización criminal.

El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 ponía el foco en la "estructura societaria y de franquicias creada por Colman" que habría dado "lugar a un modelo abusivo que buscaría el enriquecimiento de la organización a través de diferentes vías".

En su recurso, los fiscales del caso, Tomás Herranz y José Grinda, señalan que la resolución judicial omite el resultado de la pericial realizada por la Agencia Tributaria de noviembre de 2020 que acreditaría que hubo defraudación en varios ejercicios relativos al impuesto de sociedades y al IVA.

En concreto mencionan, respecto al impuesto de sociedades, que se defraudó entre 2013 y 2014 cerca de 5,7 millones de euros, y en el IVA la cantidad ascendió a más de 1 millón de euros entre 2013 y 2015 según varios informes de la Agencia Tributaria. A esto suma que también puede haber un delito contable según se deduce de lo investigado.

El fiscal lamenta que el Juzgado en su auto llegue a conclusiones "descontextualizadas" y apunta que el error puede venir de que en su resolución el juez afirma que los peritos "emitieron informe a modo de conclusión final con fecha 12 de marzo de 2021" cuando en realidad no era así, y los diferentes informes entregados a lo largo de la investigación analizaban asuntos diferentes que no refutaban los anteriores.

Anticorrupción apunta además que sobre el delito contra la Hacienda Pública existen varios elementos incriminatorios como es la existencia de cobros mensuales en 'b' por importes que oscilan entre los 10.000 a 12.000 euros mensuales por cada una de las clínicas propias; los pagos en 'b' por franquiciados de confianza; o las vigilancias e interceptación de franquiciados que se desplazaban a Madrid con la finalidad de abonar el canon en 'b'.

También incluye la facturación sin IVA, la doble contabilidad realizada 'ad hoc' con la finalidad de cuadrar sus declaraciones fiscales y las tablas confeccionadas por el ex director financiero que contenían esa doble contabilidad de las clínicas.

En su auto, el magistrado sitúa en la cúspide de la organización al que fuera presidente de Vitaldent, a quien acusa de haber "creado un entramado de sociedades instrumentales, situando al frente a personas de su confianza (testaferros), ocupándose realmente de la gestión de todas y cada una de ellas". En esta red, detalla, habrían participado sociedades localizadas en España, Países Bajos, Suiza y Luxemburgo.

Además de a Colman, el magistrado sitúa en lo más alto de la organización a Bartolo Conte. Los dos acusados protagonizaban "un específico rol dentro de una operativa compleja, cuyo objetivo final era la comisión de fraudes masivos (de índole tributaria y contractual) y el blanqueo de los beneficios obtenidos en la estructura empresarial sujeta a comprobación".

Una de las vías utilizadas por la estructura para su enriquecimiento habría sido la de los sobrecostes, como habría quedado reflejado en "las obras de acondicionamiento de los locales, compra de material informático y software para la gestión de las clínicas, arrendamientos de locales en los que se establecen las clínicas y proveedores y laboratorios".

Según el instructor, se habría obligado a los franquiciados a comprar a determinados proveedores y a diferencia de lo publicitado, los beneficios o descuentos que obtenía la marca no redundaban en los franquiciados, sino que, al verse obligados ellos también a pagar un canon del 11%, se traducía en un incremento del precio para los franquiciados y, en el caso de las prótesis, en una disminución de su calidad.

Por otro lado, la red también se habría enriquecido por la inversión en publicidad. El canon anual, un 5% del bruto, no se aplicaba a esos fines. "Al igual que en el caso anterior, de las diligencias de investigación se deriva la existencia de varios documentos que acreditarían el desvío del canon de publicidad abonado por los franquiciados a otros fines", sostiene el juez.

En este contexto, García Castellón relata que la organización también habría perseguido otras vías para sus planes, y entre las que se encuentran la formación de personal para las clínicas, la inversión inmobiliaria y la financiación a los franquiciados.

Asimismo, el magistrado se refiere a la creación de una contabilidad en 'b' y a un sistema de generación mensual y anual de grandes cantidades de dinero opaco fiscalmente. "En un primer momento, cada clínica podía generar en 'b' la cantidad mensual elegida, debiendo entregar el 10% de lo 'ennegrecido' a la organización, estableciendo para ello un sistema de recogidas de dinero en efectivo y facilitando la entrega de metálico en las reuniones anuales de los franquiciados", explica.

Con todo, "el sistema de generación en 'b' habría evolucionado". "De tal modo se exigiría el pago de 10.000 euros mensuales en efectivo, pero únicamente a las clínicas propias y a algunos franquiciados de confianza, utilizando para ello el sistema de recogidas de efectivo diseñado con anterioridad", añade.

Este auto del magistrado llegaba después de que el pasado mes de octubre acordase el archivo de la causa al entender que no quedaban acreditados los hechos delictivos que se atribuían a la antigua directiva. Sin embargo, la Sala de lo Penal revocó esa decisión el pasado mes de noviembre al tiempo que ordenó a García Castellón que dictase auto de pase a procedimiento abreviado.

Los magistrados de la Sala entendían que la investigación desarrollada en torno a Vitaldent originó un cúmulo de indicios sobre la supuesta perpetración de los hechos posiblemente constitutivos de los mencionados tipos penales, tal y como indicaba la Fiscalía Anticorrupción y una acusación particular.

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